
Dos años y medio después de que el Ejecutivo regional colocara la primera piedra, el proyecto de la ley reguladora del estatuto de las personas que ocupan cargos públicos y buen gobierno, aprobado finalmente el 5 de marzo de 2018, atravesó ayer la puerta giratoria del Parlamento. La iniciativa continúa adelante al rechazar el Pleno la enmienda a la totalidad, sin texto alternativo, presentada por Podemos, que ningún otro grupo de la Cámara secundó. Votaron en contra CC-PNC, el PP y ASG. El PSOE y NC se abstuvieron.
Al inicio, el consejero de Presidencia, Justicia e Igualdad, José Miguel Barragán, recordó y agradeció el trabajo de su antecesor, Aarón Afonso (PSOE). Todas las intervenciones convergieron en la necesidad de acometer este tipo de actuaciones en aras de reforzar la confianza de la ciudadanía. No obstante, la oposición cuestionó la oportunidad y el oportunismo. “Llega tarde y descafeinada”, criticaron. Además, Noemí Santana (Podemos) y Gustavo Matos (PSOE) dirigieron la mirada a los escaños, vacíos, de los consejeros José Manuel Baltar y Pedro Ortega en el banco azul. “Hay grandes diferencias entre los borradores de Aarón Afonso y este proyecto”, recalcó Santana. Matos lo ve de otra manera: “Les servimos el plato y añadieron unos ingredientes que alteran el sabor”. Se refería en concreto al artículo 42, “un traje a la medida” de los independientes Baltar y Ortega. Es este: “Las personas que ocupen cargos públicos que hasta su nombramiento hubieran ejercido su actividad profesional o laboral en entidades privadas a las cuales quisieran reincorporarse, no incurrirán en la incompatibilidad prevista en el artículo anterior cuando no hayan adoptado o participado en la adopción de decisiones que afecten directamente a dichas entidades, o cuando las decisiones que les afecten directamente se hayan adoptado en cualquiera de los supuestos establecidos”. El portavoz adjunto de los socialistas restó credibilidad al Gobierno de Fernando Clavijo: “Actuaron de oficio para impedir que Paulino Rivero presidiera el CD Tenerife”.
Santana reiteró que el proyecto es “light y descafeinado”. En opinión de Podemos, “tiene un bonito nombre, pero un mal resultado”. Casualmente, espetó, “se han olvidado de algo que hubiera sido imprescindible con lo que está sucediendo últimamente”, dado que “no hay mecanismos para el control de los currículums y las titulaciones”.
Desde esa perspectiva, “el tenor del artículo 36.3, sobre las incompatibilidades para la reincorporación a empresas privadas con posterioridad al cese, ha quedado claramente atemperado en el 42, que facilita y crea un espacio normativo para la circulación de los altos cargos entre los sectores públicos y privado”. Podemos observa otra perversión en la circunstancia de que la llave del reglamento que desarrolla la normativa la guarda el Gobierno. Santana censuró que la ley no fije limitaciones de mandatos ni a la acumulación de cargos”. A su juicio, la voluntad de hacer efectiva “la responsabilidad del comportamiento de los cargos públicos de la Administración pública de la comunidad autónoma se reduce a “un brindis al sol”, porque “no se diseñan mecanismos de control y fiscalización reales”. En lugar de ser una expresión contra la corrupción, arguye, el proyecto “perpetúa comportamientos que generan desafección”.
Una recelosa pero colaborativa Luz Reverón (PP) y Melodie Mendoza (ASG) se avinieron a pulir el diamante. Esther González (Nueva Canarias) aplaudió la tramitación de la ley y apeló a la cautela: “Si es muy restrictiva, solo podrán ser altos cargos empleados públicos o parados”. Socorro Beato, del Grupo Nacionalista Canario (CC-PNC), distinguió entre “un conflicto de intereses y el derecho constitucional a participar en lo público”.
Barragán levantó la persiana de la “transparencia” y corrió la cortina de la “confusión” en torno a la “modulación” de la incompatibilidad: “Los profesionales más exitosos descartarían aportar sus conocimientos si se les castiga con los dos años y se les priva de sus fuentes de ingresos”. No es lo mismo un cargo público que una carga pública.





