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Santa Cruz permite que solares públicos puedan ser usados para autobares o aparcamientos

Urbanismo descarta una ordenanza y regula con una resolución las posibles actividades y obras provisionales en suelo urbano municipal

Aparcamiento, actividades de limpieza y mantenimiento de vehículos (autolavados) o la prestación de servicios particulares a la ciudadanía son algunos de los usos que desde ya pueden darse, y siempre de manera provisional, en los solares públicos de Santa Cruz de Tenerife. Una resolución de la Gerencia Municipal de Urbanismo, en vigor desde el pasado 30 de abril, regula las obras y usos provisionales que se pueden conceder en el suelo urbano consolidado de la ciudad, una regulación que, a partir de ahora, va a permitir que muchos puntos de la ciudad cambien radicalmente de aspecto.

Esta resolución, a la que ha tenido acceso DIARIO DE AVISOS, se emite después de que el concejal de Urbanismo, Carlos Tarife, anunciara hace poco más de un mes, en el Pleno de marzo, que la Gerencia de Urbanismo trabajaba en el desarrollo de una ordenanza que permitiera el asfaltado de los solares municipales para su uso provisional como aparcamiento, ya que el actual Plan General de Ordenación (PGO) no permite este tipo de acabado. Desde Urbanismo se ha concluido que no será necesario la elaboración de esta ordenanza ya que, tras una análisis detallado de la actual Ley del Suelo, en vigor desde septiembre pasado, esta ya regula esos usos provisionales.

Así, con la firma de la citada resolución, es suficiente para regular lo que se puede y lo que no se puede hacer en los solares de la capital. Este documento ya se encuentra en vigor y a disposición de todos los servicios municipales para que lo usen como les sea más conveniente en el desempeño de su labor.

La resolución dictada por Urbanismo detalla exactamente qué obras y usos provisionales pueden darse al suelo urbano consolidado. Así,tras exponer los fundamentos jurídicos que avalan la validez del documento, y que principalmente tienen que ver con que lo que se vaya a hacer sea de carácter provisional, se enumeran las obras y usos del suelo urbano consolidado, sin perjuicio de que en el futuro se puedan añadir nuevas tipologías.

Concretamente, la resolución señala como obras provisionales la pavimentación o acondicionamiento de solares, las instalaciones fácilmente desmontables, tales como kioscos o autobares, y la instalación para la limpieza y mantenimiento de vehículos (autolavados).

Una lista abierta

En cuanto a lo que la Gerencia de Urbanismo considera usos provisionales, de momento, detalla hasta ocho distintos. El primero es el de aparcamiento o depósito de vehículos a cielo abierto. El segundo es el que tiene que ver con talleres de escasa entidad en edificaciones preexistentes. Equipamientos dotacionales con un grado de intervención poco significativo y el ejercicio de actividades de comercio, artesanía y hostelería, prestados en pequeñas instalaciones fácilmente desmontables, tales como kioscos o autobares, son los dos siguientes supuestos de la lista de usos permitidos. Almacenes de mercancías o de bienes muebles en edificaciones preexistentes o el ejercicio de actividades de limpieza y mantenimiento de vehículos y la prestación de servicios particulares a la ciudadanía, también han sido autorizados. Los usos auxiliares o complementarios vinculados a actividades económicas preexistentes, legales consolidadas, completan la lista. Para cualquiera de estas obras o usos provisionales, la licencia que otorgue Urbanismo, tendrá carácter suspensivo hasta que por un lado, se constituya la garantía suficiente, a juicio de la Administración, para cubrir los costes de demolición y erradicación de la actuación a la finalización de la vigencia de la licencia, en caso de no realizarse por la persona obligada. Y por otro, la inscripción en el Registro de la Propiedad, cuando la finca estuviere inscrita, de las condiciones especiales inherentes a la libre revocabilidad y carencia de derecho de indemnización. Se exceptúa este deber cuando la obra o uso autorizados no tengan una duración superior a tres meses sin que sea posible su prórroga o cuyo presupuesto de ejecución sea inferior a la cantidad que se termine reglamentariamente o, en su defecto, por ordenanza municipal.

El último punto de esta resolución establece que la licencia siempre se extenderá en precario y que la Gerencia de Urbanismo podrá revocarla en cualquier momento a través de resolución motivada. El concejal de Urbanismo, Carlos Tarife, defiende que desde la Gerencia lo que se intenta es agilizar los procesos que, en muchos casos, paralizan buena parte de las acciones de las distintas áreas a la par que darle un uso a multitud de espacios que, ahora mismo, lucen un aspecto lamentable. “Siempre pongo de ejemplo el solar que está destinado a la Ciudad de la Justicia en Cabo Llanos, el de la parcela triangular. Ofrece un aspecto lamentable y Santa Cruz no se merece tener espacios como esos a las puertas de la ciudad”, detalló. “También hay solares en el Suroeste, en Ofra o en el distrito Centro que son susceptibles de darles un uso como aparcamientos u otros que iremos ampliando”, concluyó.

Estacionamientos, pero también oficinas o puestos de artesanía

Será Urbanismo el que decida si concede licencia o no para cualquiera de las actividades que viene recogida en la resolución ya en vigor. Esto permitirá que se instale en un solar desde una oficina municipal de información hasta un puesto de artesanía.

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