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Multa de 60.000 euros a dos compañías de Jazztel por acoso telefónico

La Audiencia Nacional ha confirmado sendas multas por llamar en reiteradas ocasiones ofreciendo sus servicios a clientes que habían pedido que se les excluyera de acciones publicitarias
Tienda física de Jazztel. | DA

La Audiencia Nacional ha confirmado dos multas de 30.000 euros cada una a las empresas Global Telemarketing Solutions y Crosseling Operadores 3.9. SLU, ambas subcontratadas por Orange, por llamar en reiteradas ocasiones ofreciendo servicios de su marca Jazztel a clientes que ya habían pedido que se les excluyera de acciones publicitarias o prospección comercial, según recoge este lunes el diario El País.

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha impuesto sendas sanciones después de que la sala primera de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional rechazase los recursos solicitados por las citadas compañías de telemarketing.

La primera sentencia, del pasado 17 de julio, parte de una demanda de un cliente de Jazztel ante la AEPD en el año 2015, alertando de que recibía numerosas llamadas telefónicas en su línea fija, a pesar de estar en la Lista Robinson (directorio creado con el propósito de ayudar a particulares a librarse del acoso publicitario) y de haber enviado un correo electrónico por aquel entonces a la operadora para que procediera a la exclusión de sus datos.

En un principio, Jazztel confirmó que había ejercido el derecho de oposición requerido por el consumidor, pero este continuó recibiendo llamadas de la entidad Global Telemarketing, que, además, había firmado un acuerdo con Crosseling para la subcontratación de los servicios de marketing telefónico de Orange. Por lo que la AEPD también sancionó a este última empresa, aunque la sentencia a la que ha tenido acceso el mencionado periódico solo recoge la multa a Global.

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