santa cruz

Un juzgado condena a una vecina capitalina por dar de comer a ratas y palomas

La sentencia establece que el reiterado incumplimiento de la ordenanza de animales es un delito de desobediencia a la autoridad
La mujer llegó a acumular 31 actas policiales en solo cinco meses. / DA

El Ayuntamiento de Santa Cruz ha logrado, por primera vez, que un juzgado condene a una vecina por desobediencia a la autoridad ante el reiterado incumplimiento de las ordenanzas municipales. Se trata de una mujer que va por la ciudad proporcionando comida a los animales en las calles de Santa Cruz. Lo hace con las palomas, dejando regueros de arroz por las esquinas, pero también con las ratas, a las que alimenta introduciendo trozos de pan a través de las rejillas de las alcantarillas.

Las sanciones impuestas por el Ayuntamiento capitalino a esta mujer por incumplir las normas que prohíben alimentar animales en la calle, se cuentan por cientos. Después de años de abrir expedientes e imponer multas sin que nada de ello surtiera efecto, el área de Medio Ambiente, en el mandato pasado, decidió denunciarla ante el juzgado por un presunto delito de desobediencia a la autoridad en 2017.

Un auto del Juzgado de Instrucción Número 4 de Santa Cruz, tal y como adelantó DIARIO DE AVISOS en su día, decidió abrir juicio oral contra esa mujer. El resultado de este enjuiciamiento es que el Juzgado de lo Penal Número 6 de Santa Cruz ha considerado probado el delito continuado de desobediencia grave a la autoridad, por el que fue denunciada.

Fallo judicial

La sentencia estima que la mujer es plenamente consciente de sus actos y le impone una pena de seis meses de multa con una cuota diaria de tres euros y responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, además de hacerse cargo de las costas. Aunque el fiscal en su escrito de acusación pedía para ella 11 meses de prisión, modificó esta petición ajustándola a la sanción de 540 euros por esos seis meses.
En la denuncia presentada por el área de Medio Ambiente, se detallaba que a la investigada se le habían impuesto numerosas sanciones por la Policía Local por alimentar animales silvestres en la vía pública, motivo que provocó que se le abriese expediente sancionador el 16 de diciembre de 2015. El expediente respondía a las 31 actas que se habían levantado entre junio y octubre de 2014. Entonces se le impuso una sanción de 1.653 euros por la comisión de infracciones leves acumuladas en materia de Protección y Tenencia de Animales.

El juez hace suyos los argumentos del fiscal y considera probado que la investigada, “con pleno conocimiento de las consecuencias penales de sus actos, fue nuevamente sorprendida por agentes de la Policía Local los días 3 de febrero de 2018, 27 de abril de 2018 y 29 de agosto de 2018, y a pesar de que tenía conocimiento de la existencia de la presenta causa y de los hechos que se le imputaban, siguió alimentando animales silvestres, siendo sancionada nuevamente”.

La condenada estuvo conforme con el fallo, por lo que adquirió firmeza, sin posibilidad de recurso. Lo novedoso estriba en el hecho de que, por primera vez, el incumplimiento reiterado de una ordenanza es considerado por el juzgado como un delito. El Consistorio ha obtenido otras condenas como las referentes a los grafiteros, con la diferencia de que esas se impusieron por la vía del contencioso-administrativo, no por el penal.

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