
El Tribunal de Jurado Popular ha considerado como probado que Gonzalo S.C., de 57 años, es culpable del asesinato de su tía, Rosa María C.H., de 60, en hechos que tuvieron lugar el 2 de febrero del año pasado en una vivienda del santacrucero barrio de Ofra.
Así se recoge en el veredicto, hecho público anoche en la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, cuya Sección Quinta ha juzgado durante toda esta semana este horrendo crimen, marcado por los resultados de una autopsia en la que los forenses descubrieron las pruebas de lo que fueron siete años de continuas palizas, a tal punto que no quedó parte de su cuerpo, literalmente, sin que no dieran con señales de traumatismos. Para sustentar ese veredicto de culpabilidad por asesinato, el jurado entiende que ha sido probada tanto la alevosía como el ensañamiento con el que actuó el encausado, apreciando igualmente el hecho de que la víctima fuera una persona discapacitada y desvalida, con la circunstancia modificativa de la responsabilidad penal, en este caso agravante, de género.
Por el contrario, no se aprecia que concurra ni la agravante del parentesco (al no considerarse probado que fueran pareja sentimental), ni la atenuante de embriaguez esgrimida desde la defensa.
En todos los casos, estas decisiones del Tribunal de Jurado Popular se adoptaron por unanimidad, cuyos miembros, además, rechazan que Gonzalo pueda acogerse a un indulto o a otras medidas de gracia.
Ahora, se considera probado que el hombre convivía desde el año 2012 con su tía, la cual padecía una discapacidad reconocida del 33%, viviendo entonces en el domicilio de aquella sito en San Andrés y Sauces en La Palma. Si bien él subistía de la pensión que por orfandad cobraba ella, la Fiscalía sostiene que “sometió a la misma a continuas vejaciones y agresiones, dando lugar a varias actuaciones policiales y judiciales, siendo condenado, con fecha 13 de Enero de 2015, por el Juzgado de lo Penal Número 7 por delito de maltrato en violencia doméstica, a una pena de nueve meses de alejamiento, cesando entonces la convivencia, que reanudaron en el verano de 2016, volviendo el acusado a reiterar las agresiones, vejaciones y sistemático ataque a la integridad física y moral” de Rosa María.
Aunque era habitual (siempre según la Fiscalía) que no la llevase a un centro sanitario, sí lo hizo “al tirarla por unas escaleras en julio de 2018, siendo (Rosa María) trasladada del Centro Sanitario de la zona al Hospital de La Palma, donde, tras reconocer la agresión por parte del acusado, se negó a denunciar”. Ante el lógico escándalo, la pareja optó por mudarse a Ofra (Santa Cruz de Tenerife), pero “en su nueva residencia siguió siendo objeto de continuas agresiones físicas y verbales, algunas presenciadas por sus nuevos vecinos, aumentando la frecuencia y gravedad de las palizas que le propinaba, sin importarle el resultado de las mismas, hasta que, por una sucesión de golpes cada vez más violentos, el 2 de febrero de 2019 se produjo el fallecimiento de Rosa María”.
Posteriormente, como se ha dicho, la autopsia confirmó que, durante todos esos años, Gonzalo maltrató a Rosa María, quien sufrió una muerte “lenta, agónica y violenta”.
La sentencia será ahora dictada por los magistrados de la Sección Quinta
Como regula nuestro ordenamiento jurídico, después de que el Tribunal de Jurado Popular entregase anoche su objeto de veredicto sobre el asesinato cometido en Ofra por Gonzalo, ahora serán los magistrados de la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife quienes dicten sentencia atendiendo a dicha decisión. A este respecto, cabe recordar que la Fiscalía solicita la prisión permanente revisable y, en su defecto, una pena de 22 años de prisión para el ahora considerado culpable. Dicha sentencia será recurrible ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias.