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El Ayuntamiento de Santa Cruz insiste en cobrar una sanción anulada por el juzgado

El periodista Julián Ayala denuncia que la sentencia, de 2019, no es recurrible y que, aún así, pretenden ahora cobrarle la multa por vía de apremio
Fachada del Ayuntamiento de Santa Cruz. / DA
La sede principal del Ayuntamiento de santa Cruz de Tenerife es la Casa de Los Dragos. DA
La sede principal del Ayuntamiento de santa Cruz de Tenerife es la Casa de Los Dragos. DA

Pocas veces los tribunales suelen darle la razón a los contribuyentes en lo que a las sanciones impuestas se refiere. Sin embargo, hay casos, como el del periodista Julián Ayala, en los que no solo le dan la razón, sino que imponen el pago de costas al denunciado (300 euros), en este caso, el Ayuntamiento de Santa Cruz. La sentencia, que data de 2019, estima que la multa impuesta por el área de Servicios Públicos por colocar publicidad en la vía pública en un lugar no habilitado para ello no se ajusta a derecho. El problema es que, lejos de acabar el recorrido de la sanción con el fallo judicial, que no es recurrible, en mayo de este año, desde el Consistorio capitalino se le solicitó el pago de la misma sanción (ya anulada) por la vía de apremio.

“El desastre interno en ese Ayuntamiento es insólito”, lamenta el periodista (un reconocido profesional de la comunicación en Canarias), que no da crédito a que contar con una sentencia a su favor no sea suficiente para que el Consistorio deje de reclamarle la deuda. El afectado ha interpuesto un recurso de reposición.
Desde el área de Hacienda se indicó a este medio que, de ser las cosas tal y como las cuenta Ayala, “debe tratarse de un error”, y que están a la entera disposición del afectado para aclararlo. Sin embargo, también matizan que no es un problema de recaudación, ya que debe ser el área que impuso la multa, en este caso Servicios Públicos, el que proceda a anularla y, por tanto, retirar la solicitud de cobro del sistema.
Esta sanción se remonta a la manifestación contra la Ley del Suelo de Canarias que se celebró en 2016. El propio Ayala ya explicó su caso en un artículo publicado en 2019, tras conocer la sentencia: “Aunque el fallo judicial se basa en la concurrencia de una serie de irregularidades en la tramitación del expediente que afectan directamente al derecho de defensa del recurrente, incluso sin entrar a valorar las alegaciones de este, considero que aquel es el resultado lógico de todo un montaje en el que están implicados como autores directos, dos policías locales, que firman tres actas de infracción; la comisaria de la Policía Municipal, que traslada dichas actas al área de Bienestar Comunitario y Servicios Públicos, y, especialmente, el concejal delegado de dicho área, que ordena iniciar el expediente sancionador (…)”. Tal y como defendía entonces Ayala, y lo sigue haciendo ahora, “lo que me repateó el ánimo (…) no fue la cuantía de la misma (60 euros), sino el atropello y abuso de poder de que hicieron gala unos responsables municipales, que confunden el Ayuntamiento con su finca privada…”.

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