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Gran Canaria y Tenerife entran este sábado en nivel 3 de alerta: todas las medidas

Reducción de aforos y prohibición de algunas actividades, los aspectos más a tener en cuenta
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Calles Santa Cruz de Tenerife
Calle Castillo, en Santa Cruz de Tenerife. DA

Las islas de Gran Canaria y Tenerife entrarán este sábado en nivel de alerta 3 por coronavirus, donde ya está desde hace unas semanas Fuerteventura, ante la evolución de sus indicadores epidemiológicos; mientras que La Palma pasará a nivel 2.

Se trata de una decisión que el Consejo de Gobierno regional adoptó el pasado jueves en la actualización semanal de los niveles de alerta sanitaria, en base al informe epidemiológico de la Dirección General de Salud Pública, sobre la evolución de los indicadores sanitarios por COVID-19.

Por su parte, el número máximo de comensales para las fechas más señaladas de la navidad –24, 25 y 31 de diciembre, 1 de enero y Día de Reyes– pasará de los seis que corresponde por el nivel 3 a diez, mientras que el Ejecutivo valorará la próxima semana aspectos como la regulación a las visitas a centros sanitarios y sociosanitarios o los aforos del transporte.

NIVEL DE ALERTA 3

Entre las principales medidas del nivel de alerta 3, Sanidad ha recordado que el aforo, excepto para aquellas actividades o servicios en los que se establezca expresamente, se mantiene en el 50 por ciento del aforo al aire libre y del 33 por ciento en espacios interiores.

La permanencia de grupos de personas en espacio de uso público y privado, cerrados o al aire libre, queda limitada a seis personas como máximo, salvo convivientes. En el caso de que el grupo esté constituido por convivientes y no convivientes, no se sobrepasará el número máximo de personas establecido.

Asimismo, el horario de cierre en establecimientos y actividades que con anterioridad a la pandemia no tuvieran fijado un horario de cierre o tuvieran fijado uno superior se establece a las 03.00 horas.

En cuanto a las medidas para actividad de hostelería y restauración, en el nivel de alerta 3 no se podrá superar el 75 por ciento del aforo autorizado en terrazas al aire libre y del 40 por ciento en zonas interiores. La ocupación máxima por mesa será de seis personas y se establece el cierre completo a la 01.00 horas.

De igual modo, en el nivel 3 de alerta, la práctica de la actividad física y deportiva no federada en instalaciones y centros deportivos tendrá un aforo de público del 50 por ciento al aire libre y del 33 por ciento en interiores, en grupos máximos de seis personas, salvo convivientes.

No se permiten actividades de combate o de otro tipo en los que se requiera contacto físico interpersonal continuado con el adversario. Durante la realización de la actividad se mantendrá la distancia interpersonal de 2 metros y será obligatorio el uso de mascarilla durante la práctica deportiva o actividad, salvo las excepciones previstas en el artículo 9 del Decreto Ley.

Las visitas a los centros sanitarios, en el nivel de alerta 3, quedan suspendidas, salvo a menores de edad, gestantes o pacientes terminales y cuando a criterio del facultativo se considere necesario.

Finalmente, en el transporte público regular terrestre, urbano y metropolitano el aforo será del 50 por ciento.

NIVEL DE ALERTA 2

En cuanto al nivel 2, entre las principales medidas se recuerda que el aforo, excepto para aquellas actividades o servicios en los que se establezca expresamente, en el nivel 2 de alerta se mantiene en el 75 por ciento del aforo al aire libre y del 50 por ciento en espacios interiores.

La permanencia de grupos de personas en espacio de uso público y privado, cerrados o al aire libre, en el nivel de alerta 2, queda limitada a ocho personas como máximo, salvo convivientes. En el caso de que el grupo esté constituido por convivientes y no convivientes, no se sobrepasará el número máximo de personas establecido.

El horario de cierre en establecimientos y actividades que con anterioridad a la pandemia no tuvieran fijado un horario de cierre o tuvieran fijado uno superior se establece a las 03.00 horas. Los horarios y aforos pueden incrementarse en establecimientos y actividades que hagan uso de la petición del certificado COVID, acogiéndose al nivel inferior al que se encuentren en su isla, conforme a lo establecido en la orden de 29 de noviembre.

Sobre las medidas para actividad de hostelería, restauración y terrazas, bares y cafeterías, en el nivel de alerta 2, la ocupación máxima por mesa será de ocho personas y se establece el cierre completo a las 03.00 horas.

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