santa cruz

Santa Cruz prohíbe fumar en sus playas a partir del 16 de enero

El Ayuntamiento capitalino publica la aprobación definitiva de la nueva ordenanza de residuos y limpieza, que entrará en vigor en 15 días hábiles
Santa Cruz prohíbe fumar en sus playas a partir del 16 de enero
Santa Cruz prohíbe fumar en sus playas a partir del 16 de enero. | Sergio Méndez

El Ayuntamiento de Santa Cruz ha procedido a la publicación de la aprobación definitiva de la ordenanza municipal de Gestión de Residuos y Limpieza de Espacios Públicos para una Economía Circular. Esta nueva norma introduce algunos cambios sustanciales, uno de los más llamativos es la prohibición de fumar en las playas del municipio a partir del próximo 16 de enero, fecha en la que entrará en vigor la ordenanza, después de que ayer fuera publicada por el Boletín Oficial de la Provincia, haciéndose efectiva en 15 días hábiles.

Esta prohibición se recoge expresamente en el artículo 43, el referido a playas y zonas de baño, en el que se señala que “al objeto de evitar la presencia de colillas en la arena y la potencial contaminación subsiguiente de la costa, queda prohibido fumar en las playas y zonas de baño del municipio, salvo en las zonas especialmente habilitadas por el Ayuntamiento”. Desde el área de Servicios Públicos, impulsora de esta nueva ordenanza, al frente de la que está el edil Carlos Tarife, se prevé delimitar zonas para los fumadores, en la parte más próximas a los kioscos.

Este artículo también establece que queda prohibido a las personas usuarias de las playas y zonas de baño del municipio depositar directamente en la arena o rocas cualquier tipo de residuo, debiendo hacer uso de las papeleras instaladas para tal fin según la fracción de residuos generada o transportarlo hasta un contenedor o sistema alternativo de depósito instalado en el espacio público.

En cuanto a los kioscos, “las personas titulares de chiringuitos, kioscos, restaurantes y similares cercanos a las playas o ubicados en su interior deberán evitar la producción de basura dispersa, debiendo disponer de los recipientes o elementos necesarios para ello y siendo responsables de su recogida y limpieza durante el horario de ejercicio de la actividad y a la finalización de esta. Asimismo, se prohíbe en el ejercicio de estas actividades la utilización de plásticos de un solo uso”.

Tasas y prohibiciones

Y es que la nueva norma introduce todas las acciones relativas al fomento de la economía circular, ya regulada por una norma estatal en vigor desde abril de este año. Entre las novedades que incorpora hay cuestiones como la implantación del quinto contenedor; la implantación de un sistema de retorno para los envases de plástico y vidrio, o la posibilidad de crear una tasa que permita implantar sistemas de pago por generación de residuos, de forma que pague más quien más basura genere.

En cuanto a la limpieza de los espacios públicos y lo referente a las prohibiciones y deberes, se prohíbe ensuciar de cualquier forma el espacio público, ya sea tirando chicles, pipas, cigarrillos o similares, incluyendo los solares privados, de cuya limpieza se hace responsable a sus propietarios, que tendrán la obligación de proceder a su cerramiento.

Las sanciones también se ven aumentadas, de forma que por dejar basura por fuera del contenedor puede acarrear multas que van desde los 2.000 euros hasta los 100.000, una infracción que ha pasado de ser leve a muy grave.

TE PUEDE INTERESAR