En 2015, al menos veinte pacientes alertaron de que estaban teniendo dificultades en la visión después de usar un fármaco para los ojos. Por ello, la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) ordenó en junio de ese año la retirada del colirio llamado Ala Octa tras demostrar que tenía un porcentaje de probabilidad de muerte del nervio óptico irreversible de más de un 50% en cinco lotes, y de un 99% en dos lotes.
Este era un producto sanitario que se usaba en cirugías oculares para problemas como el desprendimiento de retina, desgarros o traumas en los ojos, y que llegó a causar ceguera, necrosis de la retina, atrofia del nervio óptico o disminución de la agudeza visual, entre otros.
Una ciudadana de Cantabria denunció por primera vez problemas con el fármaco en 2015. Había perdido la vista del ojo izquierdo después de dos operaciones quirúrgicas. Hace apenas un mes, la Audiencia Nacional condenó a la Agencia del Ministerio de Sanidad a indemnizarla con 25.000 euros.
Luego le sucedieron numerosos casos que denunciaban los mismos hechos hasta llegar a superar los 100 casos: en torno a 125 en 28 centros sanitarios de 13 comunidades autónomas diferentes, aunque en la actualidad se desconoce el número exacto de pacientes afectados.
Según la sentencia, la agencia incumplió su función de “verificar mediante inspecciones el cumplimiento de las normas de correcta fabricación, de las normas de buena práctica clínica, de las normas de buena práctica de farmacovigilancia, de las normas de buenas prácticas de laboratorio, y de las buenas prácticas de distribución en el ámbito de las competencias de la Administración General del Estado”.