A partir del 1 de abril de 2025, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) implementará una medida que permitirá a los trabajadores compatibilizar la prestación por desempleo con un empleo remunerado, siempre que el salario mensual no supere los 1.350 euros.
Esta iniciativa, conocida como Complemento de Apoyo al Empleo (CAE), tiene como objetivo facilitar la reincorporación al mercado laboral de los desempleados de larga duración, ofreciendo un respaldo económico adicional durante su transición al empleo.
Para acceder a este complemento, los solicitantes deben cumplir con ciertos requisitos: haber agotado la prestación contributiva o tener cotizaciones insuficientes, mantener uno o varios contratos a tiempo parcial con una jornada total inferior a la completa, o iniciar un trabajo por cuenta ajena a tiempo completo o parcial después del reconocimiento del subsidio cuyo hecho causante ocurrió a partir del 1 de noviembre de 2024.
El CAE se podrá percibir desde el primer día de derecho al subsidio, sin posibilidad de suspenderlo por trabajar a tiempo parcial o completo. La duración máxima del complemento es de 180 días, limitada por la duración del contrato que originó el complemento y el número de días restantes del subsidio reconocido.
Es importante destacar que no será posible compatibilizar el trabajo y el cobro del subsidio en ciertos casos, como si el trabajador es contratado por una empresa con un expediente de regulación de empleo autorizado (ERE), si ha trabajado en la empresa que lo contrata en los últimos 12 meses, o si es cónyuge, ascendiente, descendiente u otro pariente cercano del empresario o directivo.
La cuantía del complemento variará en función del tiempo transcurrido y del tipo de jornada laboral. Por ejemplo, durante los primeros seis meses, se podrá percibir el 95% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), que actualmente equivale a 570 euros mensuales. Esta cantidad disminuirá progresivamente en los meses siguientes.
Para solicitar el CAE, los interesados deberán presentar la documentación correspondiente, como el contrato de trabajo y el certificado de empresa, preferentemente de forma telemática a través de la sede electrónica del SEPE. También se podrá realizar la solicitud de manera presencial en las oficinas de empleo, previa cita.





