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Hacienda podrá bloquear cuentas y tarjetas de personas que estén en esta lista

Esta medida afectará a personas físicas y jurídicas
Hacienda - Declaración de la renta
Agencia Tributaria. Europa Press

La Agencia Tributaria ha introducido nuevas medidas para la campaña de la Declaración de la Renta 2025, en la que se espera gestionar más de 22 millones de declaraciones en todo el país. Este año, uno de los cambios más relevantes afecta a aquellos ciudadanos que mantienen deudas elevadas con el fisco, según informa Cope.

Entre las nuevas herramientas de control fiscal figura la posibilidad de bloquear temporalmente cuentas bancarias y tarjetas de crédito o débito de quienes figuren en una lista específica de morosos, comúnmente conocida como ‘lista negra’. Esta medida afectará a personas físicas y jurídicas que acumulen deudas superiores a los 600.000 euros con Hacienda y no hayan regularizado su situación ni fraccionado los pagos correspondientes.

El procedimiento se inicia con una orden de inmovilización preventiva enviada a las entidades financieras, lo que puede implicar restricciones en la operativa bancaria de los afectados, así como el acceso limitado a determinados productos financieros.

No obstante, la Agencia Tributaria debe comunicar previamente al contribuyente cualquier actuación de este tipo. Tal como recoge el artículo 162 de la Ley General Tributaria, también es posible ordenar embargos si se considera que hay riesgo de impago o insuficiencia de fondos para cubrir los adeudos domiciliados. En estos casos, se informa al afectado, quien puede regularizar la situación con recargos en función del tiempo transcurrido.

Excepciones y condiciones especiales

En paralelo, Hacienda exonera automáticamente las deudas menores de tres euros, al considerarlas de escaso valor administrativo, y no obliga al pago a quienes perciban ingresos por debajo del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), que en 2025 asciende a 16.576 euros anuales.

Asimismo, quienes atraviesen dificultades económicas pueden solicitar un aplazamiento o fraccionamiento de la deuda, siempre que presenten la documentación que acredite su situación (ingresos, cargas familiares, otras deudas, etc.). En caso de ser aprobado, se aplica un interés de demora del 3,75 %.

Con estas medidas, Hacienda refuerza su estrategia de control fiscal y lucha contra la morosidad de grandes deudores, a la vez que mantiene canales de apoyo para los contribuyentes en situación de vulnerabilidad.

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