La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha absuelto al anterior gestor del kiosco Strasse, situado en el Parque García Sanabria de la capital tinerfeña, al no apreciar indicios de engaño o estafa en la venta de la sociedad a quienes luego presentaron la denuncia.
Los compradores denunciaron que, nada más asumir la concesión, se les informó de que tenían que hacer una obra por valor de 30.000 euros para dejar de seguir recibiendo electricidad de la red municipal y además pagar facturas por 83.000 euros que dejaron los anteriores dueños.
La Audiencia concluye que, pese a no haber sido informados del problema que tenían con el Ayuntamiento, que llegó a amenazarles con cortarles la luz en caso de que no hicieran las obras ni abonaran ese dinero, el denunciado no conocía con exactitud el presupuesto de la actuación ni el gasto en electricidad.
La sentencia indica que al denunciado jamás se le reclamó formalmente el pago de las anteriores facturas, por lo que se descarta que haya existido un engaño penal por su parte.
La Audiencia cree que el anterior concesionario cumplió con sus obligaciones y el nuevo pudo explotar el kiosco sin sobresaltos durante cuatro años de manera que no se produjo ningún perjuicio material.
Los nuevos socios compraron en 2021 las acciones repartidas por los anteriores dueños en un 75 y 25% por 280.500 euros y además obtuvieron la concesión de un kiosco en Las Teresitas, que les fue retirada poco después, según dijeron en el juicio, porque tenían una multa de tráfico.
Cuando se celebró el juicio a principios del mes de diciembre de 2024 no se había ejecutado ni abonado ningún importe, pese a lo cual el kiosco pudo seguir desarrollando su actividad sin problema alguno, hasta poco después de que fue cerrado al caducar la concesión.
El denunciante se sintió estafado al estimar que se le escondió “deliberadamente” el “conflicto” con el Ayuntamiento “con el objeto de llevarlos a error sobre las condiciones del bien objeto de la compraventa y propiciar que ésta tuviera lugar”.
La defensa mantuvo que el comprador sabía cuál era la situación porque el vendedor le había informado de que existía “un problema” con la luz y que los gastos para resolver la situación eran “nimios” comparados con los beneficios que iba a obtener y además haber pagado un proyecto y las tasas.
También indicó que su representado no sabía a cuánto ascendía la deuda puesto que el Ayuntamiento nunca se la había reclamado oficialmente, que ésta habría prescrito y el suministro de luz jamás se cortó.
Aunque el Ministerio Fiscal en un principio calificó los hechos como constitutivos de un delito agravado de estafa por superar la cantidad los 50.000 euros y pedía la pena de tres años y medio de cárcel y una indemnización, en las conclusiones finales concluyó que no veía irregularidad alguna.
La acusación particular que representaba a quien estuvo al frente del kiosco hasta que éste fue cerrado coincidiendo con el juicio, solicitaba tres años de prisión y una indemnización de 136.200 euros que luego elevó a 196.200 euros, basándose en un peritaje que habían realizado.






