La Dirección General de Tráfico (DGT) ha endurecido el proceso de renovación del permiso de conducir para mayores de 65 años. Lejos de ser una medida discriminatoria, esta actualización responde al objetivo de reforzar la seguridad vial, garantizando que quienes se ponen al volante mantengan unas condiciones físicas y cognitivas adecuadas.
A partir de 2025, los conductores senior deberán superar revisiones médicas más exigentes, que actuarán como filtro para determinar si pueden seguir conduciendo. Las pruebas, que incluyen evaluaciones de visión, audición, reflejos, estado mental y enfermedades crónicas, serán decisivas para autorizar o denegar la renovación del carnet.
Según explicó Pere Navarro, director de la DGT, la medida no establece un límite de edad para conducir, sino que refuerza el control médico individualizado, con el fin de proteger tanto a los propios conductores como al resto de usuarios de la vía.
Cambios en la frecuencia de renovación del carnet
Los nuevos plazos de renovación se han adaptado a la edad del conductor:
- De 65 a 70 años: renovación obligatoria cada 5 años (antes era cada 10).
- A partir de 70 años: revisión cada 2 años, con controles más exhaustivos.
Esta decisión se basa en datos como los registrados en 2019, cuando los mayores de 65 años representaron el 28 % de las víctimas mortales en accidentes de tráfico, a pesar de que solo suponían el 19 % del censo de conductores.
Enfermedades y tratamientos que pueden bloquear la renovación del carnet de conducir
Además de la edad, ciertas condiciones médicas o tratamientos también pueden suponer un impedimento para obtener el visto bueno de la DGT. A partir del próximo año, se aplicará una lista actualizada de patologías que, si no van acompañadas de un informe favorable, impedirán renovar el carnet de conducir.
Entre las más relevantes se encuentran:
- Trastornos neurológicos y cognitivos: demencia, epilepsia, TDAH.
- Enfermedades cardiovasculares: antecedentes de infarto, hipertensión, marcapasos.
- Patologías respiratorias, digestivas o endocrinas, como la diabetes insulinodependiente.
- Trastornos mentales: depresión, ansiedad, TOC.
- Enfermedades oncológicas o degenerativas: ELA, Parkinson, esclerosis múltiple.
- Medicamentos que puedan interferir con la conducción: sedantes, tratamientos para la apnea del sueño o fármacos psiquiátricos.
En caso de detectarse alguna de estas dolencias sin una acreditación médica que certifique la aptitud para conducir, la DGT podrá denegar la renovación, reducir la vigencia del permiso o establecer limitaciones específicas.







