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4,5 años de cárcel por vender droga cerca de dos populares bares del barrio de Los Andenes

En su defensa el procesado manifestó la complicada situación económica que atravesaba y que era titular de una acción del CD Tenerife
4,5 años de cárcel por vender droga cerca de dos populares bares del barrio de Los Andenes

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ratifica la condena de cuatro años y medio y pago de una multa de 5.000 euros, al acusado de un delito en Tenerife contra la salud pública en su modalidad de sustancias que causan grave daño a la salud, como es la cocaína.

En esta segunda instancia no solo se avala el fallo inicial, sino que incluso se lamenta que la pena debería incrementarse, lo que fue imposible al no haber presentado la Fiscalía recurso, pese a calificar el TSJC al acusado como “profesional de la venta de droga”.

En su defensa, el procesado manifestó la complicada situación económica que atravesaba, que era titular de una acción del CD Tenerife y que al igual que su pareja son toxicómanos, lo que justificaba la droga encontrada en la casa.

Tras recibir diversas informaciones, el grupo de Estupefacientes de la Unidad de Drogas y Crimen Organizado sobre la distribución de sustancias en el entorno del Muñeco de Nieve en La Laguna llevó a cabo vigilancias que comenzaron el 18 de marzo del pasado año y se prolongaron hasta abril.

De esta manera fue posible establecer que los puntos concretos de venta estaban situados en las inmediaciones de dos bares del barrio de Los Andenes, donde se identificó al detenido de 62 años como persona que llevaba a cabo estas transacciones.

Los dispositivos permitieron interceptar a varios compradores, a los que se les intervino también hachís e impusieron sanciones administrativas.

A continuación, una comisión judicialmente autorizada llevó a cabo la entrada y registro en la casa del condenado donde se encontraron más de 30 gramos de cocaína con una pureza del 84% y 90 gramos de hachís.

La venta de estas sustancias hubiese alcanzado los 2.500 euros, de los que 642 eran de resina de cannabis y casi 2.000 de cocaína.

Ante el TSJC, el acusado alegó error en la valoración de la prueba, vulneración de las garantías procesales y de la tutela judicial efectiva, argumentos que la Sala califica de “socorridos” y “habituales” y que por lo tanto rechaza.

En definitiva, se considera que la sentencia de instancia se basa en una prueba constitucionalmente obtenida, la prueba fue legalmente practicada y, por lo tanto, la consideran válida.

Pero la evidencia principal es el testimonio de los agentes que participaron en esta operación, así como los atestados e informes que elaboraron.

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