La Dirección General de la Actividad Física y el Deporte del Gobierno de Canarias ha dictado una resolución contundente: la nulidad de pleno derecho de la convocatoria de elecciones a la Asamblea General y Presidencia de la Federación Interinsular de Fútbol de Tenerife (FIFT). Esta decisión supone la paralización inmediata del proceso que se inició el pasado mes de marzo.
La resolución responde a la impugnación presentada por José Manuel Cuerva González, en representación de la Unión Deportiva Longuera Toscal. El club del norte de Tenerife solicitó la anulación del proceso al detectar irregularidades en la firma de la convocatoria oficial, un argumento que ha sido validado por el órgano autonómico.
El origen del conflicto: una firma sin competencia
El núcleo de la controversia radica en quién ostenta la potestad para convocar los comicios. Según el artículo 69.2 de los Estatutos de la Federación Canaria de Fútbol, esta es una competencia exclusiva y directa del presidente de la Federación, Alejandro Morales Mansito.
Sin embargo, el documento de convocatoria publicado por la FIFT apareció suscrito únicamente por el secretario de la entidad, Giover Alegre Arauco.
La resolución subraya que no consta la firma del presidente ni la exteriorización directa del acto por parte del órgano competente. Al haber sido suscrita por un órgano “manifiestamente incompetente”, la administración ha aplicado el artículo 47.1.b) de la Ley 39/2015, que determina la nulidad radical de tales actos.
Un proceso electoral sin efecto
La Dirección General de la Actividad Física y el Deporte ha sido clara en su fallo. Además de estimar la impugnación del UD Longuera Toscal, la resolución determina:
- Declarar la nulidad de pleno derecho de la convocatoria publicada el 23 de marzo.
- Dejar sin efecto todo el proceso electoral iniciado y cualquier actuación derivada del mismo.
- Confirmar que la competencia para resolver este recurso administrativo recae en la Dirección General y no en la Junta Canaria de Garantías Electorales, al tratarse de un acto preparatorio y no de un desarrollo electoral propiamente dicho.
Los próximos pasos para la FIFT
La Federación Interinsular de Fútbol de Tenerife, representada en sus alegaciones por Morales Mansito, defendió la validez del proceso, pero sus argumentos no han sido suficientes para evitar la nulidad.
La administración recuerda que la competencia para convocar es un “elemento esencial” que no puede ser delegado o sustituido de forma irregular.
Contra esta resolución, la Federación todavía dispone de un margen legal. Cabe interponer un recurso de alzada ante la Viceconsejería de la Actividad Física y Deportes en el plazo de un mes.
No obstante, por el momento, el calendario electoral del fútbol tinerfeño queda totalmente desmantelado, obligando a la entidad a reiniciar los trámites de manera ajustada a derecho si desea renovar sus órganos de gobierno.







