santa cruz

Los redactores del PGO afirman que entregaron su trabajo completo

Juan Manuel Palerm explica que en 2009 se hizo entrega del documento con estudio ambiental incluido, pero desconoce la tramitación posterior
El Plan General de Ordenación de Santa Cruz fue aprobado definitivamente y de forma parcial en 2013, después de más de 15 años de tramitación. Sergio Méndez
El Plan General de Ordenación de Santa Cruz fue aprobado definitivamente y de forma parcial en 2013, después de más de 15 años de tramitación. Sergio Méndez
Foto Sergio Méndez


Juan Manuel Palerm
, uno de los redactores del Plan General de Ordenación (PGO) de Santa Cruz, junto a Leopoldo Tabares de Nava y Fernando Senante, explicó a DIARIO DE AVISOS, que desconoce los argumentos esgrimidos por el TSJC para anular el Plan, puesto que no ha podido aún leer la sentencia, pero que, en todo caso, el trabajo realizado por los redactores se entregó en 2009 al Ayuntamiento, incluida la evaluación ambiental. “Desconozco el trámite que se siguió después para aprobarlo y si se incluyeron o no todos los documentos que formaban parte del Plan General”, detalló.

El arquitecto, que no se encuentra en la Isla, expresó su extrañeza por esta anulación por falta de evaluación ambiental estratégica cuando, insiste, acompañaba al documento entregado en la Gerencia de Urbanismo. “Cuando nosotros entregamos el Plan General, lo hicimos con todo aprobado, con todos los informes preceptivos, y se nos comunicó que todo estaba correcto”, añadió.
Hay que recordar que la sentencia del TSJC anula el PGO por la ausencia del informe de sostenibilidad ambiental y apunta directamente a la Cotmac, de la que dice: “Vaya por delante que no se ha producido en ese sentido estricto una decisión del órgano competente (Cotmac) de declarar inviable someter el planeamiento al procedimiento de evaluación ambiental”. Es decir, que la Cotmac no entró en el fondo del asunto y no explicó por qué era inviable el estudio ambiental. “Esta cuestión fue sometida al pleno de la Cotmac y en sesión celebrada el 8 de junio de 2011 quedó sin resolver”, detalla el tribunal. Continúa el TSJC explicando que la Cotmac se limita, en la aprobación definitiva, a “resolver una alegación…”.

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