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Eliseo de la Rosa, condenado por el caso Arona, pide el indulto para no entrar en prisión

El exarquitecto técnico municipal, condenado a dos años y ocho meses de prisión, ha iniciado una recogida de firmas para eludir la pena por las enfermedades que padece
De la Rosa mostró sus dolencias en una rodilla durante el juicio que se inició en enero de 2016 / S. MÉNDEZ

Eliseo de la Rosa, que fuera arquitecto técnico municipal de Arona a finales de los noventa y principios de este siglo, alega motivos de salud para solicitar el idulto ante la inminente entrada en prisión para cumplir una pena de dos años y ocho meses por el llamado caso Arona, por un delito de cohecho.

El condenado dice que su ingreso en prisión le puede costar la vida. La solicitud de indulto la basa en las múltiples enfermedades incurables que padece.

Según Eliseo de la Rosa y de acuerdo con una resolución del INSS aprobada y fechada el 17 de agosto de 2016 -unos meses después de ser condenado por la Audiencia Provincial-, esta le otorga la incapacidad permanente, en grado absoluta para todo trabajo y por tanto se podría aplicar el artículo 80.4 del Código Penal, que dice que: “Se puede otorgar la suspensión de cualquier pena impuesta, en caso de enfermedades muy graves con padecimientos incurables”.

De la Rosa adjunta en su petición de firmas para lograr librarse de la cárcel, un informe elaborado por el Instituto Nacional de la Seguridad Social con una larga lista de las enfermedades que padece. El INSS determina el siguiente cuadro clínica, que padece Eliseo de la Rosa González: Cardiopatía isquémica crónica y fibrilación articular paroxística persistente, enfermedad renal crónica, síndrome de apnea-hipopnea del sueño, gonartrosis grado II-III e inestabilidad de la rodilla derecha, coxartrosis bilateral avanzada, trastorno adaptativo y temblor en extremidades superiores.

Sin embargo, el abogado de la Acusación Particular, Santiago Martínez señala que el indulto solo es político y que en todo caso por enfermedad lo único que podría tener, una vez entre en prisión, serían beneficios penitenciarios.

Eliseo de la Rosa tiene una orden de entrada en prisión voluntariamente, al igual que el arquitecto Roberto de Luis y el exconcejal de Urbanismo de Arona, Félix Sierra Melo, aunque está pendiente de un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional que la Audiencia todavía no ha tramitado, por lo que aún se desconoce cuando termina el plazo para que comiencen a cumplir la pena.

Según el escrito con fecha del 7 de noviembre del presidente de la Sala Sexta de la Audiencia Provincial, Carlos de Millán Hernández, y una vez conocida la sentencia firme de la Sala Segunda del Tribunal Supremo del pasado 18 de octubre, los tres condenados deberían entrar en prisión antes de los diez días a partir de la fecha en que reciban el requerimiento y los tres días de suplica.

Félix Sierra tendrá que cumplir dos años y ocho meses de prisión (la Audiencia le había condenado a cuatro años) más 8 meses de inhabilitación especial y 500.000 euros de multa, por un delito continuado de cohecho.

La misma pena, con la misma rebaja, se le impone al arquitecto técnico municipal, Eliseo de la Rosa, por el mismo delito, mientras que el arquitecto municipal, Roberto de Luis debe pasar tres años y seis meses de prisión (antes cinco años) y 10 de inhabilitación especial, con 700.000 euros de multa, por el mismo delito.

También se mantiene la pena de cárcel para el empresario Arsenio Zamora que actuó de intermediario en toda la trama urbanística urgida en el Ayuntamiento de Arona, pero al ser menos de dos años (un año y seis meses) no entrará en prisión.

Toda la junta de Gobierno, 17 años de inhabilitación

Los miembros de la Junta de Gobierno de Arona (2003-2007), encabezada por el exalcalde José Alberto González Reverón fueron inhabitados con 17 años por prevaricación urbanística continuada: Manuel Barrios, Juan José Alayón, Daniel Martín, José Luis González, Alfonso Barroso y también Félix Sierra Melo. Ni el alcalde, ya inhabilitado por otras piezas separadas, ni Alfonso Barroso, recurrieron al Supremo que mantuvo toda la pena sin modificar la sentencia de la Audiencia Provincial de 2016.

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