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Así será la vuelta a clase presencial en septiembre: uso de mascarillas y distanciamiento mínimo

Cuando no sea posible mantener dicha distancia de seguridad, se observarán las medidas de higiene adecuadas para prevenir los riesgos de contagio
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Aula escolar
Aula escolar. Europa Press

Los Ministerios de Sanidad y Educación han elaborado un documento para que el próximo curso empiece de forma segura y que incluye, entre otras medidas, que entre los alumnos de hasta 10 años se establezcan grupos estables que no necesiten guardar distancia de seguridad ni llevar mascarilla.

El documento, que será expuesto mañana a las comunidades para que hagan sus aportaciones en Conferencia Sectorial educativa, presidida por la ministra Isabel Celaá, busca “ofrecer un marco común que pueda ser adaptado en cada comunidad y ser implementado según la realidad de cada centro”, ha informado Educación en una nota.

Estas son las principales claves de la propuesta:

– Desde Infantil hasta cuarto curso de Primaria incluido (10 años) se podrán establecer grupos estables de alumnado, idealmente con 15 alumnos (máximo 20), que pueden socializar sin mantener la distancia interpersonal de forma estricta, ya que es un grupo de convivencia estable. Esto posibilitará además el rastreo de contactos rápido en el supuesto de que se diera algún caso.

– En quinto y sexto de Primaria, en Educación Secundaria Obligatoria (ESO) y en Bachillerato los espacios se reorganizarán de forma que se cuente con una separación de al menos 1,5 metros entre las mesas.

– Mascarilla: en Infantil no es obligatoria y en Primaria, desde el primer curso al cuarto tampoco será necesario su uso si se está con el grupo estable de convivencia. Si se sale del mismo se deberá llevar puesta cuando no se pueda mantener la distancia de 1,5 metros.

Para los alumnos que cursen a partir de quinto de Primaria, el uso de mascarilla será obligatorio cuando no se pueda mantener una distancia interpersonal de 1,5 metros pero no cuando se esté sentado en el pupitre.

– Se priorizará, en la medida de lo posible, la utilización de los espacios al aire libre para la realización de las actividades educativas y de ocio, en lugar de los cerrados.

– Prevención personal: higiene de manos frecuente y meticulosa, evitar tocarse la nariz, ojos y boca o usar pañuelos desechables.

– Cada centro debe tener, de forma complementaria al documento base, un Plan de Inicio de Curso y Planes de Contingencia.

– Se propone que haya una persona responsable de referencia para los aspectos relacionados con la COVID-19 y se recomienda la creación de un equipo, formado por distintos representantes de la comunidad educativa, que garantice que todo el mundo esté informado, así como el cumplimiento de los principios.

– Cada centro deberá disponer de un protocolo de limpieza y desinfección. La limpieza deberá hacerse al menos una vez al día, reforzándose en aquellos espacios que lo precisen en función de la intensidad de uso, como por ejemplo en los aseos, donde será de al menos tres veces al día.

– Se deben realizar tareas de ventilación frecuente en las instalaciones y durante al menos cinco minutos al inicio de la jornada, al finalizar y entre clases, siempre que sea posible. Cuando las condiciones meteorológicas y el edifico lo permitan se aconseja mantener las ventanas abiertas el mayor tiempo posible.

– Si una persona comienza a desarrollar síntomas compatibles con la COVID-19 se la llevará a un espacio separado de uso individual, se le colocará una mascarilla quirúrgica (tanto al que ha iniciado síntomas como a la persona que quede a su cuidado) y se contactará con la familia.

– Se debe llamar al centro de salud o al teléfono de referencia de su comunidad o ciudad autónoma, y a su Servicio de Prevención de Riesgos Laborales en el caso de trabajadores, y se seguirán sus instrucciones. En caso de presentar síntomas de gravedad o dificultad respiratoria se llamará al 112.

– Salud Pública será la encargada de la identificación y seguimiento de los contactos según el protocolo de vigilancia y control vigente en la comunidad autónoma correspondiente.

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