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Canarias activará el 1 de diciembre el cribado a pasajeros que viajen a las Islas

El objetivo es contener la transmisión del SARS-CoV-2 en términos similares a la vigente entre diciembre de 2020 y septiembre de 2021
Control de pasajeros en un aeropuerto de Canarias GOBIERNO DE CANARIAS

Sanidad activará el 1 de diciembre el cribado a pasajeros nacionales que entren en las islas, de forma que quienes lleguen de otras comunidades autónomas deberán presentar certificado de vacunación contra la covid-19 o el de haber superado la enfermedad o bien una prueba diagnóstica negativa hecha 72 horas antes de llegar.

El Consejo de Gobierno ha abordado este jueves la orden del consejero de Sanidad, Blas Trujillo, de realizar cribados a los viajeros nacionales que lleguen a las islas a partir del día 1 de diciembre tanto por vía marítima como aérea.

El objetivo es contener la transmisión del SARS-CoV-2 en términos similares a la vigente entre diciembre de 2020 y septiembre de 2021.

Las condiciones recogidas en la norma se asimilan a las vigentes para el cribado internacional de modo que contempla la exclusión de la realización de cribados mediante pruebas diagnósticas de infección activa (PDIA) a los pasajeros menores de 12 años que entren en Canarias procedentes del resto del territorio nacional, por vía aérea o marítima, para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2.

Para el resto de población de 12 años cumplidos o más continuará vigente la normativa que obliga a presentar certificado vacunal contra la covid-19 o bien a someterse a una Prueba Diagnóstica de Infección Activa (PDIA) para SARS-CoV-2 con resultado negativo, realizada en las 72 horas previas a la llegada a Canarias.

Hay supuestos de exclusión de la prueba PDIA, de forma tampoco se se exigirá a personas que acrediten estar vacunadas contra la covid-19 con la pauta completa de vacunación, ni a quienes hayan pasado la enfermedad con menos de 6 meses de antelación a la fecha del desplazamiento.

Tampoco se pedirá a personas en tránsito, ni a quienes acrediten haber estado fuera de Canarias por un plazo inferior a 72 horas previas a la llegada, con independencia de su lugar de residencia. 

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