El pasado miércoles, el Gobierno ha cerrado el acuerdo con los sindicatos CCOO y UGT, sin el consenso de las patronales CEOE y Cepyme, para subir el salario mínimo interprofesional (SMI) a 1.000 euros mensuales en 14 pagas, con efectos desde el 1 de enero de 2022, lo que equivale a 35 euros más que el SMI actual (965 euros al mes).
Esta subida del 3,6% con respecto al actual salario mínimo se ratificará el martes en el Consejo de Ministros, aplicándose de manera retroactiva desde el día 1 de enero, aunque se decrete en febrero si así se concluyera. Es decir, en la nómina de febrero se percibirán 70 euros más que en la anterior, al sumarse los 35 euros correspondientes a enero y los de febrero.
Cómo afecta la subida del Salario Mínimo Interprofesional a mi sueldo
Fijar un Salario Mínimo Interprofesional implica que toda aquella persona que disponga de un contrato a tiempo completo debe cobrar como mínimo 1.000 euros mensuales, aun cuando en el convenio esté establecido un salario inferior.
En el caso de que el contrato sea a tiempo parcial, el salario mínimo se prorratea en base a la jornada laboral, por lo que, si una persona trabaja media jornada, equivale al 50%, siendo el SMI de 500 euros.
Además, el SMI es un importe bruto que se configura en 14 pagas, es decir, corresponde a 1.000 euros al mes y dos pagas extras de, como mínimo, esta misma cuantía. Asimismo, al ser un importe bruto, a este hay que aplicarle las diferentes deducciones como descontar las cotizaciones de la Seguridad Social y la retención del IRPF, según cada caso.
En esta línea, una empresa que paga el SMI a sus empleados, además de incrementar el salario, soportará un aumento del coste de cotización.
Asimismo, la subida del salario mínimo no afecta a todos los trabajadores, ya que, el Estatuto de los Trabajadores especifica que “la revisión del salario mínimo interprofesional no afectará a la estructura ni a la cuantía de los salarios profesionales cuando estos, en su conjunto y cómputo anual, fueran superiores a aquel”.
Así bien, a una persona que tiene un salario inferior a 1.000 euros pero se le suman otros complementos, dando lugar a que el salario bruto mensual iguale o supere los 1.000 euros, en principio la subida del SMI no le afecta.
Otra cuestión a tener en cuenta es que, a la hora de acceder a ciertas prestaciones o subsidios uno de los requisitos a cumplir es que la persona no cuente con ingresos superiores al Salario Mínimo Interprofesional o a un porcentaje del mismo, por lo que si este sube daría lugar a que algunas personas dejen de disponer de tal derecho.
Por último, ante la pregunta de si el trabajador tiene que realizar algún trámite para percibir la subida del SMI, la respuesta es que no será necesario, puesto que, la propia empresa está obligada a regular el salario mínimo legal.