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Desde hoy, prohibido fumar en las playas de Santa Cruz de Tenerife

Entra en vigor en la capital la nueva ordenanza municipal de Limpieza y Residuos que, entre otras cosas, sanciona escupir en la vía pública y aumenta las multas por orinar en la calle
Playa de Las Teresitas. | Sergio Méndez
Playa de Las Teresitas. | Sergio Méndez

La nueva ordenanza de Limpieza y Residuos de Santa Cruz entra hoy en vigor. Esta nueva ordenanza viene a sustituir a la que hasta ahora regulaba estos aspectos y que databa de la década de 80. La aprobación de la ley estatal de Economía Circular y la actualización de muchos puntos de su articulado son el principal motivo de la elaboración de esta nueva ordenanza, que tiene entre sus principales novedades la prohibición de fumar en las playas de la capital. Aunque la norma establece que el Ayuntamiento podrá fijar espacios fuera de la playa para los fumadores, de momento esos puntos aún no se han creado, por lo que está prohibido desde hoy fumar en todas las playas.

El artículo 43 es el que regula esta extremo, en el que se detalla que “queda prohibido a las personas usuarias de las playas y zonas de baño del municipio depositar directamente en la arena o rocas cualquier tipo de residuo, debiendo hacer uso de las papeleras instaladas para tal fin según la fracción de residuos generada o transportarlo hasta un contenedor o sistema alternativo de depósito instalado en el espacio público”. En su segundo punto se detalla que “al objeto de evitar la presencia de colillas en la arena y la potencial contaminación subsiguiente de la costa, queda prohibido fumar en las playas y zonas de baño del municipio, salvo en las zonas especialmente habilitadas por el Ayuntamiento”. Y en un tercer punto se señala que “las personas titulares de chiringuitos, kioscos, restaurantes y similares cercanos a las playas o ubicados en su interior deberán evitar la producción de basura dispersa, debiendo disponer de los recipientes o elementos necesarios para ello y siendo responsables de su recogida y limpieza durante el horario de ejercicio de la actividad y a la finalización de esta. Asimismo, se prohíbe en el ejercicio de estas actividades la utilización de plásticos de un solo uso”.

La ordenanza no solo se ha actualizado incluyendo nuevas prohibiciones como la anterior, sino que también ha endurecido las sanciones para cuestiones que ya estaban prohibidas como la de orinar en la calle, cuestión esta que puede ser sancionada con hasta 750 euros, al ser considerada una infracción leve.

Pero también se considera como infracción leve tirar papeles, cáscaras de pipas, o escupir en la calle, o arrojar agua desde las ventanas o balcones, cuestiones estas que se incorporan.

Una de las novedades que también incluye la ordenanza es la obligación de separar residuos, una infracción que, de detectarse por parte de los inspectores municipales o la Policía Local, podría ser sancionado con 750 euros como máximo. Así, también se establece la implantación progresiva del quinto contenedor, es decir, el destinado a los residuos orgánicos, que hasta ahora tan buenos resultados, según el Ayuntamiento, está dando en el distrito Saludo-La Salle, donde se está llevando a cabo la prueba piloto. En este mismo apartado, el dejar la basura por fuera de los contenedores puede estar multado como mínimo con unos 2.000 euros.

Desde Servicios Públicos, su responsable, Carlos Tarife, apunta que se aplicará la lógica en todo momento, de forma que si un contenedor está lleno, o si está a más de 200 metros de un domicilio se valorará antes de proceder a sancionar.

Dar de comer a los animales en la vía pública sigue estando prohibido, al igual que arrojar a la vía pública cualquier tipo de octavillas, panfletos o materiales publicitarios similares, o depositar animales muertos en los contenedores.

Otra de la cuestiones que se introduce en esta ordenanza es la obligatoriedad de los titulares de solares no construidos de vallarlos para evitar en ellos vertidos de cualquier tipo, así como la desratización y desinsectación. El Ayuntamiento podrá acceder a los solares de propiedad privada siguiendo los cauces legales al respecto y repercutiendo a la persona propietaria el coste que esta actuación genere y la sanción correspondiente por incumplimiento y abandono.

En lo referente a los grandes generadores de residuos (hoteles, hospitales…) se introduce la obligatoriedad de que los gestionen por sí mismos.

La ordenanza también introduce la posibilidad de premiar a quienes más reciclen, con la creación de una tasa que permita bonificar a quienes mejor lo hagan.

Sanciones

Las infracciones se dividen en muy graves, graves y leves. Cuando las infracciones tienen que ver con la gestión de residuos, las infracciones muy graves serán sancionadas con multas que oscilan entre los 100.001 euros y los 3.500.000 euros, y están relacionadas con la puesta en riesgo de la seguridad y la salud pública, en la mayoría de los casos. En el caso de infracciones graves, las multas oscilan entre los 2.001 euros y los 100.000, excepto si se trata de residuos peligrosos o suelos contaminados, en cuyo caso la multa será desde 600.001 euros hasta 3.500.000 euros. En este apartado por ejemplo se incluye la no separación de residuos en origen. Si la infracción es considerada como leve, la multa será de hasta 2.000 euros.

En el apartado referente a la limpieza de los espacios públicos, las infracciones muy graves se podrán multar con hasta 3.000 euros, considerándose como tales por ejemplo los daños al mobiliario público. Las infracciones graves podrán ser multadas con hasta 1.500 euros, y en este apartado se incluye, por ejemplo la reincidencia en la comisión de infracciones leves. Por últimos, las consideradas como leves serán sancionadas con importes de hasta 750 euros. Aquí se incluyen todo lo que no sea considerado como muy grave o grave de lo comprendido entre los artículos 38 y 44.

La ordenanza también incluye en este apartado que, “atendiendo a las circunstancias concurrentes, se podrán sustituir todas o alguna de las sanciones económicas especificadas en los apartados anteriores por trabajos en beneficio de la comunidad (como trabajos de limpieza de espacios públicos).

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