la palma

Convalidado el decreto ley para la recuperación agraria de La Palma

El texto, que será tramitado por la Cámara Autonómica como proyecto de ley por la vía de urgencia, permite que cada uno de los afectados pueda tomar su propia iniciativa
La banana se come el mercado peninsular que el plátano perdió por la erupción de La Palma

El Parlamento de Canarias convalidó ayer el decreto ley en materia agraria para la recuperación económica y social de La Palma tras la erupción volcánica de Cumbre Vieja, que será tramitado por la Cámara Autonómica como proyecto de ley por la vía de de urgencia, tal y como había solicitado el Gobierno de Canarias.

Durante su intervención en la sesión plenaria de ayer, el consejero de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria del Ejecutivo regional, Narvay Quintero, señaló que el decreto tiene como objetivos principales la recuperación de la máxima superficie posible de cultivo afectada por el volcán, así como que el mayor número de agricultores perjudicados retomen la actividad, posibilitándoles protección económica hasta que vuelvan a disponer de sus parcelas.

En este contexto, el documento establece medidas para la recuperación, en condiciones de seguridad, de las explotaciones agrarias afectadas por la colada de lava, así como de las construcciones e instalaciones que existían en dichos espacios, permitiendo que cada uno de los afectados pueda tomar la iniciativa de la recuperación sin perjuicio de las ayudas públicas y de la acción directa en cuanto a las infraestructuras y redes de servicios.

El texto recoge también que los propietarios afectados podrán proponer a la administración competente la tramitación y aprobación de concentraciones parcelarias de carácter privado y reconoce a las cooperativas agrarias iniciativa para plantear estas actuaciones. Estas concentraciones privadas de tres o más afectados contarán con apoyo jurídico y financiero (del 100% de su coste). Asimismo, se prevé la compensación económica, fundamentada en el valor real de las propiedades, para quienes no deseen seguir con la actividad agraria.

Quintero explicó que dicha norma delimita dos zonas, una de recuperación agraria y otra condicionada. La primera se divide, a su vez, en dos zonas, con una superficie de colada menor de diez metros o superior a esta cantidad, que pueden ser reconstruidas con licencia municipal, salvo que se deseen recuperar edificaciones preexistentes con más de 50 centímetros de cimentación en la zona de más de 10 metros de colada, en cuyo caso se requiere, además, informe científico-técnico del Cabildo. La segunda zona alude a un espacio de recuperación agraria condicionada, es decir, áreas en las que será posible una vez que se verifique la estabilidad del sustrato geológico con un informe geotécnico emitido por el Cabildo.

“En este decreto, se reconoce una zona de recuperación que abarca unas 700 hectáreas y establece que todas aquellas parcelas que, en función de las condiciones del terreno, sean aptas para recuperarse para uso agrario pueden restablecerse en el mismo lugar y en las mismas condiciones preexistentes. También regula la recuperación de explotaciones ganaderas, concediendo a los ayuntamientos la autorización de la implantación de dicho uso en distintas categorías de suelo rústico: de protección agraria, común ordinario y de protección paisajística.

TE PUEDE INTERESAR