El Juzgado de lo Penal Número 1 de Arrecife (Lanzarote) ha absuelto “con todos los pronunciamientos favorables” a un médico que había sido encausado por la trágica muerte de una bebé de apenas 19 meses de edad a la que atendió en el servicio de Urgencias del Hospital José Molina Orosa de la capital conejera.
La sentencia fue dictada con fecha del pasado día 20 y versa sobre los hechos acaecidos a partir de la primera hora de la mañana de un aciago día, el 26 de diciembre de 2019, y que concluyeron a última hora del día 28 del mismo mes y año con el fallecimiento de la pequeña en cuestión.
Pese a que la Fiscalía solicitaba para el galeno una pena de dos años de prisión y su inhabilitación para ejercer la profesión durante otros cuatro mientras que la acusación particular elevaba dicha petición a cuatro años de cárcel y seis de inhabilitación (en ambos casos al sostener que se trataba de un homicidio imprudente), la jueza titular de dicho tribunal descartó responsabilidad alguna del doctor, haciendo suyos los argumentos jurídicos presentados por su representación legal, ejercida por el prestigioso penalista tinerfeño Pedro Revilla.
Como se considera probado en la sentencia, “no se ha acreditado que la actuación del acusado fuere contraria a la lex artis, ni que no empleare la diligencia debida de acuerdo a las circunstancias concretas y estado de la paciente, ni se ha probado de forma terminante y sin ninguna duda que en el caso de haber realizado la prueba radiográfica y analítica la muerte de la menor no se hubiere producido”.
En los hechos que ahora el juzgado da por ciertos se relata que la infortunada criatura, de nacionalidad polaca, ingresó a las 9.08 horas del día 26 de diciembre de 2019 en el Servicio de Urgencias del Hospital Doctor Jose Molina Orosa derivada del Centro de Salud de Playa Blanca, donde recibió la primera asistencia facultativa, por presentar tos y fiebre, estableciéndose el diagnóstico de bronquitis aguda.
Allí fue atendida por el galeno ahora absuelto quien, tras explorarla, le pautó un tratamiento antitérmico (medidas físicas y farmacológicas) y le dio el alta a las 19.01 horas.Pero al día siguiente, los padres de la bebé volvieron a llevarla al citado centro de Salud donde en esta tercera asistencia facultativa sí que le diagnostican una “sepsis, infección vías respiratorias bajas”. Pese a que de nuevo se procede a su inmediato traslado al hospital insular, todos los esfuerzos por remitir sus males resultaron infructuosos y la niña fallece a las 05:20 horas del 28 de diciembre, “estableciéndose como diagnóstico neumonía izquierda grave con derrame pleural”.
En atención a los informes presentados por las partes, la jueza concluye que la actuación del encausado fue conforme a lo previsto en estos casos y que, cuando le dio el alta, la fiebre había remitido y se habían solventado los síntomas respiratorios, como acreditaron profesionales de reconocido prestigio.
Resta añadir que la autopsia demostró la presencia de una infección respiratoria causada por virus que derivó en la fatal neumonía, pero sus síntomas de gravedad afloraron el día 27 y por eso volvieron al centro de salud de Playa Blanca.





