Renovar el carnet de conducir es una gestión que toca cada diez años (o cada cinco a partir de los 65) y que muchos dejamos para el último momento. En España hay cerca de 28 millones de conductores, la mayoría con el permiso B, válido para coches de hasta 3.500 kilos y ocho pasajeros.
Para renovar el carnet de conducir en 2025, el trámite sigue siendo acudir a un Centro de Reconocimiento de Conductores, pasar la revisión médica y pagar las tasas. Sin embargo, la DGT introduce novedades importantes que afectan a quienes tengan enfermedades o tratamientos médicos específicos.
Multa por conducir con el carnet caducado
Circular con el carnet de conducir vencido puede salir caro: la sanción mínima es de 200 euros, y en situaciones graves puede ascender hasta 6.000 euros.
Cambios de la DGT en 2025
La Dirección General de Tráfico endurece los criterios: no se renovará el carnet de conducir a quienes estén tomando ciertos medicamentos si no presentan un informe médico favorable o no cumplen las condiciones establecidas. El objetivo es garantizar la seguridad vial y reducir riesgos en carretera.
La DGT contempla nueve categorías de enfermedades que pueden limitar o impedir la prórroga del permiso. En algunos casos se conceden renovaciones de menor duración y en otros directamente se deniega la solicitud.
Enfermedades y tratamientos que pueden impedir renovar
Entre los más destacados:
Diabetes tratada con insulina (necesita informe médico).
Tratamientos psiquiátricos, que requieren certificado médico de estabilidad.
Apnea del sueño, solo con informe que demuestre eficacia del tratamiento.
Demencia en fase inicial, donde el riesgo de accidente es hasta ocho veces mayor que en personas sin deterioro cognitivo.
Consejos para renovar el carnet de conducir sin problemas en 2025
Revisa tu medicación con tu médico y solicita un informe favorable si procede.
Respeta los plazos mínimos: por ejemplo, seis meses tras un trasplante renal antes de renovar.
Ten en cuenta que algunas enfermedades implican vigencias limitadas: apnea del sueño (3 años), accidente isquémico transitorio (1 año) o diálisis (renovación restringida).
En patologías vasculares graves, la vigencia máxima es de 2 años, siempre que hayan pasado seis meses desde la cirugía.
La nueva norma de la DGT para 2025 puede resumirse así:
Informe médico favorable cuando sea obligatorio.
Cumplir plazos mínimos tras operaciones o episodios médicos.
Asumir vigencias reducidas en enfermedades de riesgo.







