La Justicia ha condenado al Ayuntamiento de Don Benito por vulnerar los derechos de autor del creador del cartel del Carnaval de Santa Cruz de Tenerife de 2016, Francisco Javier Torres Franquis, al utilizar esa obra, con modificaciones mínimas, para promocionar el Carnaval de la localidad extremeña en 2025.
La sentencia, dictada por un juzgado de lo Mercantil, y a la que ha tenido acceso DIARIO DE AVISOS, considera probado que el consistorio reprodujo una obra protegida por la Ley de Propiedad Intelectual sin autorización de su autor, incurriendo en un caso de plagio y uso indebido de una creación artística.
El fallo declara que el Ayuntamiento empleó como base el cartel original del Carnaval de Santa Cruz, descargado de internet, introduciendo únicamente cambios accesorios, como el fondo o el color, que no alteraban la esencia de la obra.
Para el tribunal, esas modificaciones no bastan para considerarla una creación nueva, ya que se mantienen los elementos sustanciales del diseño, su estructura y su composición visual.
6.500 euros de indemnización
En consecuencia, la sentencia ordena el cese inmediato del uso del cartel, la retirada y destrucción de todos los ejemplares físicos o digitales, y condena al Ayuntamiento a indemnizar al autor con 6.500 euros: 2.500 euros por daño material y 4.000 euros por daños morales.
Asimismo, deberá publicar la resolución judicial en medios de ámbito local y regional y abonar intereses desde la primera reclamación extrajudicial.
El origen del caso con el Carnaval de Santa Cruz de Tenerife
El conflicto se inició en 2025, cuando el autor del cartel original fue advertido de que su diseño estaba siendo utilizado para anunciar el Carnaval de Don Benito, según confirma a este periódico el abogado que ha prestado sus servicios al autor del cartel de las carnestolendas chicharreras.
Según explica el letrado, “mi cliente envió un primer correo electrónico al Ayuntamiento y, ante la falta de respuesta, se remitieron posteriormente un burofax y una comunicación formal por vía electrónica“. Pese a esos intentos de solución amistosa, no obtuvo contestación.
“No se trataba de una cuestión económica, sino de defender su trabajo como creador“, subraya. Ante la ausencia de respuesta institucional, se presentó la demanda por la vía civil.
Qué considera la Justicia
El tribunal concluye que el cartel del Carnaval de Santa Cruz de Tenerife de 2016 es una obra artística original, protegida por la normativa sobre propiedad intelectual, y que su utilización por parte del Ayuntamiento de Don Benito se hizo sin autorización del autor.
La sentencia detalla que el cartel municipal fue elaborado por personal no identificado del propio Ayuntamiento, tomando como base la obra original y realizando únicamente cambios secundarios.
Para la magistrada, esta actuación supone una vulneración de los derechos del autor, tanto en su vertiente patrimonial (reproducción, distribución y comunicación pública) como en sus derechos morales, al alterarse la obra y omitirse su autoría.
Indemnización y alcance de la condena
El demandante había solicitado una compensación mayor, pero el juzgado fija la indemnización en 6.500 euros. El abogado del autor valora positivamente el reconocimiento judicial del plagio, aunque considera que la cuantía “podría haber sido superior”.
“Desde un punto de vista jurídico, lo esencial era que se reconociera que había existido plagio. Mi cliente no inició este procedimiento por dinero, sino para que se protegiera su obra“, señala.
La sentencia no impone costas a ninguna de las partes al tratarse de una estimación parcial de la demanda, pero sí obliga al Ayuntamiento de Don Benito a retirar el material, a no volver a utilizar la imagen y a publicar la resolución en medios locales y regionales.
La condena recae directamente sobre el Consistorio, sin que se identifique a un autor concreto del cartel utilizado en 2025. “No se ha determinado una autoría individual del diseño municipal, por lo que la responsabilidad es institucional”, explica el letrado. La indemnización y las medidas ordenadas deberán ser asumidas por la administración local.
Para el autor del cartel original, la resolución supone una reparación profesional. “Más allá del importe económico, lo importante es que la Justicia ha reconocido que su obra fue copiada y que se vulneraron sus derechos como creador”, concluye su abogado.







