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Ya estaba en vigor, pero no todos lo sabían: los trabajadores pueden coger hasta 3 años de excedencia para cuidar a sus hijos

El Estatuto de los Trabajadores permite pausar la actividad laboral para la crianza sin perder la antigüedad y con reserva del puesto de trabajo
La ministra Yolanda Díaz. | EP
La ministra Yolanda Díaz. | EP

El derecho a solicitar hasta tres años de excedencia para el cuidado de cada hijo ya está plenamente vigente en España, un recurso clave para la conciliación que en Canarias cuenta además con el respaldo de ayudas específicas para las familias. Así lo recoge el artículo 46.3 del Estatuto de los Trabajadores, una herramienta legal que permite a las personas trabajadoras pausar su actividad laboral para dedicarse a la crianza sin perder ciertos derechos fundamentales, aunque su funcionamiento sigue siendo desconocido para muchos.

Tener un hijo exige una reorganización profunda del día a día. En este contexto, conocer qué dice la ley se convierte en una herramienta fundamental para ejercer derechos que a menudo pasan desapercibidos. La norma establece que los trabajadores tendrán derecho a un periodo de excedencia de duración no superior a tres años para atender al cuidado de cada hijo, ya sea por naturaleza, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento permanente.

Derechos protegidos y reserva del puesto

Uno de los puntos clave de esta medida es que el periodo en situación de excedencia es computable a efectos de antigüedad. Esto evita que el parón penalice el historial profesional del trabajador. Además, la normativa refuerza la protección al regreso:

  • Durante el primer año: Se garantiza la reserva del mismo puesto de trabajo.
  • A partir del primer año: La reserva se mantiene para un puesto del mismo grupo profesional o categoría equivalente.

La excedencia puede disfrutarse de forma fraccionada y es un derecho individual de los trabajadores. No obstante, la norma permite a las empresas limitar la simultaneidad de este derecho por razones justificadas de funcionamiento, ofreciendo siempre alternativas que garanticen la conciliación.

El apoyo específico en las Islas

Para los trabajadores en el Archipiélago, este derecho estatal se complementa con las políticas de la comunidad autónoma. El Gobierno de Canarias, a través de la Consejería de Bienestar Social e Igualdad, suele convocar subvenciones destinadas a compensar la pérdida de ingresos de quienes se acogen a excedencias para la conciliación.

Para acceder a estas ayudas, los interesados deben consultar las convocatorias vigentes en la Sede Electrónica del Gobierno de Canarias o a través del Boletín Oficial de Canarias (BOC), donde se detallan los requisitos de renta y plazos de cada año.

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