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Multas de hasta 50.000 euros en las terrazas de los bares: la nueva prohibición que llega este verano

Bares y restaurantes estarán obligados a retirar el servicio de terraza según el nivel de aviso de la Aemet
Multas de hasta 50.000 euros en las terrazas de los bares: la nueva prohibición que llega este verano
Una de las terrazas de la avenida de Anaga. DA

Con la llegada del verano, el sector de la hostelería incrementa su actividad de forma notable, con terrazas que alcanzan su máxima capacidad. Sin embargo, este ejercicio profesional cuenta ahora con un nuevo marco regulador.

Los sindicatos FeSMC-UGT y CCOO Servicios, junto a las patronales Hostelería de España y CEHAT, han ratificado la modificación del VI Acuerdo Laboral de ámbito Estatal para el sector de la Hostelería (ALEH).

Esta actualización normativa busca adaptar el sector a las actuales realidades legislativas y sociales, introduciendo medidas de protección específicas para los meses de mayores temperaturas y fenómenos adversos.

¿Qué es el ALEH y qué cambia ahora?

El ALEH constituye el marco de referencia que organiza las condiciones de trabajo en toda España, regulando desde la clasificación profesional hasta la movilidad funcional. La reciente modificación pone el foco en la mejora de la calidad del empleo y la seguridad física ante la realidad climática.

La principal novedad es la integración de una normativa pionera de prevención ante riesgos climáticos y catástrofes naturales dentro de los planes de Prevención de Riesgos Laborales (PRL) de las empresas. El cumplimiento de esta norma está vinculado directamente a las alertas emitidas por la Agencia Estatal de Meteorología (Aemet).

Obligaciones en terrazas y zonas exteriores

Bajo el nuevo acuerdo, las empresas hosteleras tienen la obligación de disponer de planes específicos ante situaciones de calor extremo, inundaciones o nevadas. Cuando la autoridad meteorológica emita alertas naranjas o rojas que impliquen un riesgo grave, los establecimientos deberán aplicar mecanismos para:

  • Reducir la jornada laboral.
  • Suspender la actividad en el exterior si no existen medidas de protección suficientes.

Para evitar el cese de la actividad en las terrazas, el sector deberá implantar medidas preventivas, como la instalación de sistemas de refrigeración que combatan las altas temperaturas. En caso de riesgo extremo y falta de medios técnicos, la terraza deberá quedar inoperativa, permitiendo la actividad únicamente en el interior del local.

Sanciones económicas y derechos del trabajador

El incumplimiento de este acuerdo conlleva consecuencias legales estrictas. La Inspección de Trabajo podrá imponer sanciones graves que superan los 50.000 euros a aquellos propietarios que obliguen a sus empleados a prestar servicio en exteriores bajo alertas meteorológicas sin la protección adecuada.

La normativa refuerza la seguridad jurídica del empleado, quien cuenta con el respaldo legal necesario para negarse a realizar tareas que pongan en riesgo su salud ante inclemencias climáticas. El objetivo final de la reforma es modernizar el sector y reducir la siniestralidad laboral vinculada a la exposición ambiental en un entorno de trabajo históricamente marcado por la estacionalidad.

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