La seguridad en los edificios de España da un giro radical con la entrada en vigor definitiva de las actualizaciones de la nueva ley de ascensores. Lo que en principio parece una mejora necesaria para evitar accidentes, se ha convertido en una auténtica pesadilla financiera para miles de propietarios. La normativa, que afecta a Canarias, amparada bajo el Real Decreto 355/2024, obliga a una modernización sin precedentes del parque de elevadores, especialmente en edificios con más de 20 años de antigüedad.
Reformas obligatorias y el precio de la nueva ley de ascensores
El impacto económico no es baladí. Según la Instrucción Técnica Complementaria ITC AEM 1, los edificios que no superen las inspecciones técnicas obligatorias deberán acometer reformas que oscilan entre los 800 euros y los 40.000 euros. La cuantía final dependerá exclusivamente del estado previo del aparato y de las deficiencias detectadas por los organismos de control.
Entre las modificaciones más comunes que exige la nueva ley de ascensores, destacan las siguientes:
- Nivelación de cabina: El ascensor debe quedar milimétricamente a ras de suelo para evitar tropezones (parada de precisión).
- Protección contra el cierre de puertas: Es obligatorio sustituir la vieja fotocélula por barreras fotoeléctricas completas.
- Comunicación bidireccional: Un sistema de rescate que permita hablar con el centro de emergencias desde la cabina en caso de atrapamiento.
- Sustitución de guías: Las antiguas guías de madera o cilíndricas deben cambiarse por guías de acero para garantizar la estabilidad.
- Control de carga: Dispositivos que impiden el movimiento si se supera el peso máximo permitido.
¿Quién debe pagar la derrama y qué plazos existen?
Muchos propietarios se preguntan si pueden negarse a este desembolso. La respuesta es negativa. Según la Ley de Propiedad Horizontal, estas obras son obligatorias por tratarse de una cuestión de seguridad y habitabilidad. El coste se repartirá entre todos los vecinos según su cuota de participación, a menos que existan estatutos específicos que indiquen lo contrario.
Sin embargo, hay un pequeño respiro para las comunidades. La nueva ley de ascensores no exige los cambios de forma inmediata. La obligatoriedad se activa tras la primera inspección periódica. Si el resultado es desfavorable, la comunidad dispondrá de un margen de tiempo que varía según la gravedad:
- Tres años para las deficiencias graves.
- Hasta diez años para reformas de calado estructural como el cambio de guías.
En el archipiélago canario, donde el clima y la salinidad afectan especialmente a los componentes metálicos, esta normativa obligará a una revisión profunda de miles de bloques de viviendas que llevan décadas sin actualizar sus sistemas de tracción y frenado.
Los riesgos de ignorar la normativa
No cumplir con la nueva ley de ascensores conlleva riesgos que van más allá de la multa económica. En caso de accidente en un ascensor que no haya sido adaptado en plazo, la responsabilidad civil y penal podría recaer directamente sobre el presidente de la comunidad y los propietarios. Además, las empresas de mantenimiento están obligadas a informar sobre estas deficiencias, pudiendo llegar al precintado inmediato del servicio si consideran que existe un riesgo inminente para los usuarios.






