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Estar de baja no siempre te protege: cuándo viajar o hacer deporte puede acabar en despido

Viajar o hacer deporte estando de baja no siempre está prohibido, pero puede acabar en despido si contradice el diagnóstico o retrasa la recuperación
Estar de baja no siempre te protege: cuándo viajar o hacer deporte puede acabar en despido
La recomendación para cualquier trabajador en situación de incapacidad temporal es actuar con prudencia

Estar de baja médica no significa que el trabajador tenga que permanecer encerrado en casa ni que tenga prohibido realizar cualquier actividad personal. Sin embargo, la incapacidad temporal sí exige una cierta coherencia entre el motivo médico que ha justificado la baja y lo que se hace durante ese periodo.

Esta es una de las dudas más habituales entre los trabajadores: ¿puede una empresa despedir a una persona por viajar o hacer deporte mientras está de baja? La respuesta no es automática. No depende solo de la actividad, sino de si esa conducta resulta compatible o no con el diagnóstico médico y con el proceso de recuperación.

El despido estando de baja

Irse de vacaciones estando de baja no está prohibido por norma general. Tampoco lo está salir a caminar, hacer ejercicio suave o realizar determinadas actividades de ocio. El problema aparece cuando esa conducta puede perjudicar la recuperación, retrasar la reincorporación al puesto de trabajo o poner en duda la propia situación de incapacidad temporal.

Por ejemplo, no es lo mismo una baja por ansiedad, en la que un desplazamiento o una actividad social pueden incluso formar parte del proceso de mejora, que una baja por una lesión de espalda, una dolencia muscular o un problema articular en la que el trabajador realiza esfuerzos físicos, practica deporte intenso o lleva a cabo actividades incompatibles con las limitaciones médicas.

En estos casos, la empresa puede considerar que existe una transgresión de la buena fe contractual. El artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores permite el despido disciplinario cuando existe un incumplimiento grave y culpable del trabajador. Entre esas causas figura la transgresión de la buena fe contractual y el abuso de confianza en el desempeño del trabajo.

La clave, por tanto, no está en si el trabajador viaja o hace deporte, sino en si esa conducta contradice su baja médica. Para que el despido pueda ser considerado procedente, la empresa debe acreditar que la actividad realizada era incompatible con la dolencia, que podía afectar negativamente a la recuperación o que revelaba una conducta desleal.

Los tribunales suelen analizar cada caso de forma individual. Se tienen en cuenta los informes médicos, el tipo de enfermedad o lesión, la actividad realizada, su intensidad, su duración y el contexto en el que se produjo. No basta con una simple sospecha ni con una imagen aislada en redes sociales. La empresa debe probar que hubo una conducta grave.

Así, practicar deporte durante una baja por una lesión física puede convertirse en un problema si implica esfuerzos contrarios al tratamiento o a las restricciones médicas. También puede ocurrir con determinados viajes si el desplazamiento, las actividades realizadas o la duración de la estancia chocan con el motivo de la baja.

En cambio, otras actividades pueden no justificar un despido si son compatibles con el estado de salud del trabajador. Una persona de baja no pierde su vida personal. Puede salir de casa, relacionarse o realizar actividades razonables, siempre que no perjudiquen su recuperación ni contradigan las pautas médicas.

Por eso, el despido disciplinario en estas situaciones no depende de una regla general, sino de la prueba concreta. La empresa debe demostrar que el comportamiento del trabajador durante la baja supone un incumplimiento grave y culpable. Si no lo acredita, el despido puede ser declarado improcedente.

La recomendación para cualquier trabajador en situación de incapacidad temporal es actuar con prudencia. Antes de viajar, hacer deporte o realizar actividades que puedan generar dudas, conviene tener claro si son compatibles con el diagnóstico y con las indicaciones médicas. En caso de duda, lo más seguro es consultar con el facultativo.

En definitiva, estar de baja no impide hacer vida normal en todos los casos, pero tampoco protege frente a cualquier conducta. Viajar o hacer deporte puede acabar en despido disciplinario si la actividad realizada contradice la baja médica, retrasa la recuperación o rompe la confianza entre empresa y trabajador.

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