la laguna

Varapalo judicial al club privado de Punta del Hidalgo: el TSJC avala cerrar el camino de San Juanito a los coches

La justicia desestima el recurso del club Charco de la Arena e impone las costas a la entidad, consolidando la peatonalización definitiva de la vía
Varapalo judicial al club privado de Punta del Hidalgo: el TSJC avala cerrar el camino de San Juanito a los coches
Camino de San Juanito, en Punta del Hidalgo

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Superior de Justicia de Canarias ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por la Sociedad Recreativa Piscina Charco de la Arena contra el bando del alcalde de La Laguna, Luis Yeray Gutiérrez, que restringía el tráfico en el camino de la Costa.

El alcalde dictó el citado bando el 16 de septiembre de 2022 para establecer restricciones a la circulación y al estacionamiento de vehículos en el Camino de la Costa, conocido también popularmente como Camino de San Juanito, en Punta del Hidalgo, según ha recordado el Ayuntamiento este jueves en un comunicado.

Luis Yeray Gutiérrez valora la decisión judicial como “una nueva victoria de la administración pública y de los vecinos y vecinas de la Punta en su lucha por recuperar los espacios públicos del litoral para el uso y disfrute de toda la ciudadanía y no de unos pocos”.

La sentencia da la razón a la protección medioambiental de la costa “y nos refuerza en nuestro proyecto de devolver a este lugar las condiciones anteriores a la existencia del club privado”, afirma el alcalde.

¿En qué casos está autorizado el acceso de vehículos?

El bando recurrido por la Sociedad, aún en vigor, declaraba desde septiembre de 2022 y de forma indefinida el Camino de la Costa, desde la calle Los Corrales hasta la ermita de San Juanito, como vía peatonal, con prohibición general de la circulación y estacionamiento con una serie de excepciones, ya que por esta vía se accede a fincas rústicas, viviendas y al Club Charco de la Arena.

Así, se autoriza la circulación de vehículos que transporten mercancías o usuarios de sus instalaciones y las operaciones de carga y descarga, pero prohíbe el estacionamiento a lo largo del camino.

El TSJC tumba los argumentos del club privado

La Sociedad pedía la nulidad de pleno derecho de este bando “por falta o incoherencia de la motivación, por falta de proporcionalidad, por exceder de las competencias propias del alcalde, por la no idoneidad del instrumento normativo utilizado, y por ser contrario en general al ordenamiento jurídico”.

También solicitaba al tribunal la condena al Ayuntamiento “a restablecer y respetar el derecho de los socios, trabajadores y demás interesados a atravesar el Camino de la Costa y aparcar por fuera de las instalaciones del club privado”, pidiendo “que se impongan las costas a la administración demandada por su temeridad y mala fe”.

El Tribunal desestima punto por punto esta argumentación e impone a la Sociedad el pago de las costas, según indica el Ayuntamiento de La Laguna.

La sentencia recuerda que “el camino es de dominio público” y por tanto, “nada impedía al Ayuntamiento dictar el nuevo bando”, que además resulta “más beneficioso para los socios de la entidad” (frente al anterior de 2020 motivado por la crisis sanitaria del covid-19), “porque sigue prohibiendo el estacionamiento en el camino público, pero permite el acceso en coche” para realizar “operaciones de carga y descarga de personas y mercancías”.

Además, la sentencia afirma que “el bando es un instrumento válido para la peatonalización de un camino rural en las mismas condiciones que han sido previstas para las vías urbanas”.

Protección del medio ambiente

La Sociedad alegaba en su recurso “falta de racionalidad y proporcionalidad en la justificación medioambiental” pero el Tribunal tiene en cuenta un informe técnico de la Agencia de Protección del Medio Natural en el que se constata la afección a las especies protegidas y hábitats de interés comunitario en Punta del Hidalgo derivada el tránsito de personas y vehículos, bañistas, acampadas y actividades deportivas y festivas; y además pone en valor el proyecto municipal para la recuperación del litoral de Punta del Hidalgo.

La sentencia no solo hace referencia a la protección del medio ambiente, sino que sitúa la demanda en el contexto jurídico de “el uso de unas instalaciones asentadas sobre dominio público cuya concesión se encuentra pendiente de restitución” y recuerda que “los derechos adquiridos por la entidad no son los mismos una vez extinguida la concesión”. 

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