
La transparencia aplicada a la política ya ha dejado claras algunas cosas. Una de ellas es que a quien intente huir de sus responsabilidades no le saldrá gratis consumar la escapatoria. Pagará caro el atrevimiento. Una derivada de la ley 12/2014, el anteproyecto del Estatuto de los Altos Cargos y Buen Gobierno avanza que cualquier persona podrá denunciar o poner en conocimiento de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias “las irregularidades o incumplimientos de los deberes y obligaciones” en que hayan incurrido en su ámbito de actuación.
Las quejas se presentarán por escrito con la garantía del anonimato si ese fuese el deseo del promotor. Este concretará las circunstancias constitutivas de la supuesta infracción y la identificación del alto cargo señalado. El portal de transparencia dispensará el formulario y activará la vía telemática. El testimonio se remitirá a la Oficina de Intereses de Altos Cargos, que estará autorizada a “proponer al órgano competente la adopción de las medidas que al respecto considere pertinentes, salvo que carezcan manifiestamente de fundamento”. La información que se facilite al declarante no conlleva su condición de parte interesada en el proceso.
Las infracciones se dividen en muy graves, graves y leves. En la primera categoría entran el “falseamiento u ocultación de los datos de los requisitos de idoneidad para el nombramiento” y obviar el registro de las “declaraciones de actividades y de bienes y derechos patrimoniales”. Sería grave, por ejemplo, saltarse las reglas sobre los regalos recibidos. La no subsanación de los defectos formales está catalogada como leve.
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Las sanciones gradúan entre la simple amonestación y la destitución e inhabilitación
Las sanciones a los altos cargos por infracciones muy graves o graves se publicarán en el Boletín Oficial de Canarias (BOC) cuando exista una resolución firme. Estos no podrán ser designados para una responsabilidad similar durante un periodo de 5 a 10 años, en función de los perjuicios al interés general o a terceros, la trascendencia social, el tiempo transcurrido en la situación de incompatibilidad, la intencionalidad, la recepción de cantidades de dinero consecuencia de esa anormalidad y la inobservancia de los principios de actuación o conducta. Las infracciones de mayor graduación acarrearán, asimismo, la destitución y la restitución de las cantidades percibidas indebidamente o de las indemnizaciones por cese en contratos vinculados a la relación laboral de alta dirección. Las leves serán castigadas con una simple amonestación. Las infracciones muy graves prescribirán en el plazo de cinco años; las graves, a los tres, y las leves, al año.[/su_note]




