
Una de las modificaciones que la ordenanza reguladora de la Inspección Técnica de Edificios (ITE) incluye, cuando se produzca su aprobación definitiva, es que las viviendas unifamiliares quedarán exentas de someterse a esta evaluación. Sin embargo, tal y como confirma la Gerencia Municipal de Urbanismo, la misma ordenanza recoge un mecanismo para garantizar que ningún tipo de edificación quede fuera de la vigilancia municipal. Se trata de los denominados planes de inspección a los que someterá el Ayuntamiento a aquellos inmuebles que considere necesario.
De esta forma, Urbanismo tranquiliza a los colegios profesionales que habían expresado su preocupación por el riesgo que para la seguridad supone dejar sin inspección este tipo de edificaciones. Desde Urbanismo se señala que, aunque efectivamente, la entrada en vigor de la norma, excluye a las viviendas unifamiliares, el mismo texto de la ordenanza recoge estos planes de inspección que afectan a todas las edificaciones que están obligadas a someterse a la ITE (aquellas que tengan más de 50 años). Según explica Urbanismo, en la respuesta dada a la formación política de Ciudadanos, que se interesó por este tema en la última comisión de control, se introduce este mecanismo a la vista de la repercusión que tendría la exclusión de una tipología edificatoria, como es la vivienda unifamiliar, predominante en los barrios del municipio, ya que, “sería del todo imposible dar la espalda a situaciones como, por ejemplo las que se viene produciendo en el barrio de El Toscal o en el Área de Influencia Turística”, detalla la Gerencia en su respuesta. “De esta forma -añade- quedaba garantizada la inclusión de todas las tipologías a la obligatoriedad de la Inspección Técnica”.
La misma respuesta detalla el proceso que se está siguiendo para aprobar la modificación que se planteó el pasado año y que ha consistido principalmente en dar respuesta a las alegaciones promovidas por los colegios de Arquitectos, Aparejadores, Arquitectos Técnicos e Ingenieros de Edificación, Administradores de Fincas y el de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria. En total se presentaron cuatro alegaciones generales y más de un centenar de peticiones para modificar el articulado de la ordenanza.
Vigencia
Desde Urbanismo se aclara que la ordenanza sobre Conservación, Restitución, Rehabilitación y estado ruinoso de las edificaciones, nombre completo de la norma, está vigente mientras se procede a terminar la redacción de la modificación para adaptarla a la Ley 8/2013. Recuerda el Ayuntamiento que lo único que está suspendido por el Pleno son los plazos de tramitación. La ITE solo se aborda en el Titulo III de la ordenanza que se está modificando y se aclara desde el Ayuntamiento capitalino que el resto de títulos de la norma se corresponden con procedimientos de tramitación en materia de disciplina urbanística. “Con lo cual, la ordenanza no está paralizada ya que se viene utilizando para las órdenes de ejecución, declaraciones de ruina y estado ruinoso de las edificaciones, así como para las ejecuciones subsidiarias”, concluye la Gerencia.




