
Mientras el Ayuntamiento de Santa Cruz asegura que la activación del Protocolo Antideshaucio el pasado viernes paralizó el lanzamiento de su vivienda habitual de una vecina de Añaza, en paro y con un hijo de 14 años, la Plataforma de Afectados por la Hipoteca de Tenerife (PAHT), que denunció el caso mediante un comunicado, asegura que no fue hasta ayer, día 21, cuando el juzgado emitió una resolución por la que suspendía el desahucio, con el matiz de que “se suspende solo por un mes, ampliable a otro”. Esto supone que la afectada sigue con una espada de damocles sobre su cabeza a pesar de que ya ha abonado todos los meses de alquiler que debe el Ayuntamiento.
La afectada es una de las vecinas alojadas en los pisos que, a través de un convenio entre el Ayuntamiento y Banif (entidad del Banco Santander), permitió destinar a alquiler social unas 80 viviendas. Al parecer, tal y como denunció la PAHT, el retraso del Ayuntamiento en pagar la ayuda de alquiler, llevó a Banif a iniciar el proceso de desahucio.
El caso de María Nieves, que así se llama la afectada, asegura la PAHT, “es uno de tantos” entre los afectados por el convenio con Banif, con la particularidad de que la entidad en cuestión “ha intentado echarla varias veces, pudiendo salvar la situación a golpe de prestaciones y ayudas”. Denuncian desde la Plataforma que Banif, a pesar de haber cobrado la ayuda al alquiler que el Ayuntamiento de Santa Cruz le ingresó directamente, continuó con el procedimiento y aún lo mantiene vivo.
Según el comunicado emitido por la PAHT para denunciar esta situación, son muchas otras las familias que se han visto en la misma situación que María Nieves, y que por desconocimiento, han abandonado la vivienda. “Cualquiera podría solicitar un alquiler en esas viviendas, que van quedando vacías a medida que arriendan a unas familias y echan a otras a la calle, tan sólo tendrían que renunciar a las listas de viviendas de promoción pública del Gobierno de Canarias e inscribirse en las de promoción privada, suscribiendo contratos aparentemente legales y en base a la norma que los rige, salvo el cobro de garantías adicionales, el pago del IBI y otras cuestiones engorrosas que nunca quedan demasiado claras como no devolver las fianzas o hacerlo en acciones del banco”, concluye la PAHT.