
Todo apunta a que afecta a la normativa canaria. A la espera de que el Constitucional haga público el contenido de su sentencia sobre la prohibición de los toros en Cataluña, la decisión del alto tribunal de anular la ley catalana que prohibía las corridas de toros en la comunidad mediterránea tiene consecuencias en el Archipiélago, cuyo Gobierno autonómico legisló en 1991 sobre la materia.
Así lo explicó ayer el jurista tinerfeño Fernando Ríos, que fuera comisionado regional para el Desarrollo del Autogobierno y las Reformas Institucionales cuando el Gobierno de España impulsó una ley que considera los toros como patrimonio cultural y que, precisamente, es la que ahora sirve de soporte al Constitucional para su polémica sentencia.
“Habrá que estudiar el caso en profundidad, pero, tal y como se plantea la sentencia, es previsible que tenga efectos sobre la norma canaria”, detalló Ríos, en referencia a que los magistrados entienden que la disposición catalana invade las competencias del Estado en materia de Cultura.
Para Ríos no hay duda de que se trata de “una sentencia política que no tiene mucho sentido, puesto que reconoce la potestad de Cataluña para regular sobre los espectáculos taurinos, pero no para prohibirlos”. “Claro que la respuesta -continúa el jurista- se me antoja sencilla, por cuanto en ese estado de cosas se puede aprobar una norma autonómica que prohíba la muerte de los toros, tal y como ya ocurre hoy en día en Portugal”. El jurista tinerfeño recordó que cuando el Gobierno de España aprobó la ley que considera a los toros como patrimonio cultural hubo contactos entre ambas administraciones públicas para evitar, precisamente, un recurso canario al Constitucional sobre este tema. “Se abordó en la comisión bilateral -rememora Ríos- y tanto desde la Administración General del Estado como desde la autonómica hubo un acuerdo pleno de que el tema se quedase como estaba respecto a Canarias, por cuanto nosotros nunca nos opusimos a que, por ejemplo, se emita una película protaurina o se publique un reportaje sobre toreros canarios…”.
Ahora, desde el Constitucional se habla de la necesidad de que el ejercicio de las competencias autonómicas debe “cohonestarse” con el que la Constitución reserva al Estado, algo que según la sentencia no ha sucedido, al menos, en el caso catalán, cuyo texto difiere en la forma del canario.




