
El Ayuntamiento de Santa Cruz parece que no aprende de sus errores aunque, en esta ocasión, hay un informe por escrito que deja muy claro que, el que algunos ya llaman “nuevo mamotreto” de la playa de Las Teresitas -que sustituirá al actual cuando se derribe-, no puede alzarse tal y como está previsto. La Dirección General de Costas así lo hace constar en el informe preceptivo que acompaña al Plan Especial de Las Teresitas que hasta el pasado viernes se encontraba en exposición pública después de que se procediera a su aprobación inicial hace algo más de mes y medio. Según detalla Costas en el punto cuatro de su informe, el nuevo edificio de aparcamientos, tal y como está dibujado en los mapas que acompañan al documento, invade la servidumbre de protección, de forma que los usos que se le dan al edificio (terciario-comercial) son incompatibles con la normativa de Costas.
Según detalla el documento que se incorpora al Plan Especial, “la edificación del uso terciario-comercial propuesto invade la servidumbre de protección, observándose que bajo rasante se propone una construcción de aparcamientos, siendo ambos usos incompatibles con la normativa sectorial de Costas (…). En consecuencia, dichas edificaciones deberán localizarse fuera de la servidumbre de protección”. Este no es el único punto del Plan Especial que ha de retirarse de la zona de servidumbre ya que, apunta Costas, en relación al uso dotacional deportivo, “solo estarán permitidas las instalaciones deportivas descubiertas, de acuerdo con lo regulado en los artículos 25 y 47 de la Ley de Costas. Por tanto, las edificaciones a las que se hace referencia en el fichero de ordenación deberán localizarse fuera de la servidumbre de protección”. Costas también hace constar que, con respecto a las edificaciones dotacionales propuestas en el parque urbano, estas deberán localizarse fuera de la servidumbre de protección (…) de tal manera que solo se permitirán en servidumbre de protección las obras, instalaciones y actividades que, por su naturaleza, no puedan tener otra ubicación o presten servicios necesarios o convenientes para el uso del dominio público marítimo-terrestre, así como las instalaciones deportivas descubiertas”.
El informe elaborado por el ente estatal está conformado por siete puntos en total. Así, en el resto de consideraciones hace referencia a otros aspectos que han de ser tenidos en cuenta por el Ayuntamiento, como por ejemplo que se refleje de manera clara y ajustada a la realidad el nuevo deslinde que se encontraba en tramitación en el momento de elaborar el informe. También hace notar que el Plan Especial incluye una “pequeña superficie de terrenos de dominio público marítimo-terrestre que está parcialmente afectado por la zona de servidumbre de protección”. Además, en los terrenos de dominio público marítimo-terrestre, detalla el ente estatal, “se plantea un uso de espacio libre de parque urbano, uso en principio compatible con la normativa sectorial de Costas, no pudiendo participar, dada su condición demanial, de los mecanismos derivados de la gestión urbanística a efectos del cómputo de los estándares dotacionales que el planeamiento debe cumplir”.
Asimismo, se observa una afección puntual al dominio público mediante un viario que deberá replantearse fuera de dominio público para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley de Costas, no estando permitidas aquellas actividades o instalaciones que , por su naturaleza, pueden tener otra ubicación. Costas recuerda que una vez que sea tenido en cuenta todo lo reflejado en su informe, el expediente completo debe serle devuelto para emitir un nuevo informe y siempre antes de su aprobación definitiva.
Respuesta municipal
La respuesta del Ayuntamiento, en este caso de la Gerencia de Urbanismo, al informe de Costas se incorpora al Plan Especial de Las Teresitas. Según figura en el documento, Urbanismo detalla de manera muy escueta que, en lo referente al deslinde, “los planos del documento de aprobación inicial del Plan Especial incluirán el deslinde del dominio público marítimo terrestre con coordenadas aportado por el Servicio Provincial de Costas”.
En cuanto a la especificaciones de la Ley de Costas, se limita a exponer que “se cumplirá con lo dispuesto en la normativa”, así como que, en lo referente a los espacios deportivos, “se cumplirá con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley de Costas”. Reseña también que el Plan Especial incluye reserva de suelo para aparcamientos fuera de la zona de servidumbre de tránsito así como que el proyecto de urbanización deberá tener en cuenta lo establecido en la legislación urbanística. En resumen, Urbanismo se limita a exponer que cumplirá con lo establecido en la ley. Esto implica que se ha de modificar el proyecto para que lo apuntado por la Dirección General de Costas, se ajuste a la legalidad. Cumplir con estos requisitos y también con el de otros informes como el del Ejército, puede retrasar la aprobación definitiva del documento.
Arcila pide anular el Plan, porque el frente de playa no es municipal
Sí se puede lleva al Pleno la nulidad del Plan Especial de Las Teresitas, por estar basado en el falso hecho de la propiedad municipal del frente de playa. Es una de las principales conclusiones de la moción que defenderá el portavoz del grupo, Pedro Fernández Arcila, relativa al cumplimiento de la sentencia del Tribunal Supremo que en mayo de 2007 anuló la compraventa de las fincas del frente de playa –propiedad de Inversiones Las Teresitas SL (ILT)- por el Consistorio, de forma que los terrenos volvieron a ser propiedad de ILT.





