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La Audiencia desestima el recurso suplicatorio de los tres areneros condenados

Mantiene el auto del 25 de enero de 2018 que obliga a Morales, Sicilia y Plasencia al afianzamiento para no entrar en la cárcel
Sicolia, Plasencia y Morales, tres de los cuatro condenados en el caso Áridos / SERGIO MÉNDEZ

El magistrado Joaquín Astor Landete, de la Audiencia Provincial, desestimó ayer el recurso de suplica que los empresarios Antonio Plasencia, José Enrique Morales y Pedro Sicilia presentaron al auto del 25 de enero de 2018 en el que se acordó una prórroga por el plazo de un año de la suspensión de las penas privativas de libertad impuestas en sentencia de 2016 del caso Áridos.

En ese auto se le imponía a los empresarios la obligación de afianzamiento (fianza de unos 170 millones de euros, entre los tres) del cumplimiento de sus responsabilidades en los términos fijados ya en su día por el órgano judicial instructor (11 de diciembre de 2014).

El auto dice que “con independencia del diferente comportamiento desplegado por cada uno de los tres condenados, cabe apreciar la falta de diligencia coadyuvante al menos de la demora en la tramitación y aprobación de los planes de restauración, por lo que debe rechazarse tal motivo de impugnación.La decisión no supone por sí el envío a prisión de ninguno de los condenados ni tampoco cabe confundirlo con una suerte de prisión por deudas.

Se acude a la utilización de 82.4 en aras a procurar la satisfacción de una responsabilidad derivada del hecho delictivo que atiende al interés general en la restauración de medio ambiente perturbado, estableciéndose parámetros temporales y modales para evaluar individualmente la ejecución de la pena privativa de libertad impuesta”.

AUTO 4.6.18 ( SE DESESTIMAN REC DE SUPLICA)

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