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El TSJC ratifica el uso obligatorio del certificado COVID en Canarias

Hasta ahora, el Gobierno de Canarias había establecido una utilización voluntaria por parte de los establecimientos, pero ante el avance de los contagios el pasado lunes acordó hacerlo obligatorio
Certificado COVID europeo en el móvil
Certificado COVID europeo en el móvil
Certificado COVID europeo en el móvil

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha ratificado la solicitud del Gobierno autonómico para que la presentación del certificado covid sea obligatoria para el acceso a establecimientos de restauración y de ocio y a algunos espectáculos ante el “alarmante” aumento de casos.

El TSJC ha acordado ratificar las medidas sanitarias propuestas por el Gobierno de Canarias por un periodo de un mes desde su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, y será necesario una nueva autorización en caso de prórroga, según un auto de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo de Las Palmas, difundido este viernes.

La sala entiende que la obligatoriedad “no vulnera ningún derecho fundamental, tal y como ha establecido con nitidez el Tribunal Supremo con asuntos que guardan gran similitud”, ha indicado en un comunicado el gabinete de prensa del TSJC.

Hasta ahora, el Gobierno de Canarias había establecido una utilización voluntaria por parte de los establecimientos, pero ante el avance de los contagios el pasado lunes acordó hacerlo obligatorio, para lo cual pidió la autorización del TSJC.

La obligatoriedad del certificado covid entrará en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial de Canarias y afecta a las personas mayores de 12 años y 3 meses en las islas en niveles de alerta covid 3 y 4 que quieran acceder a determinados establecimientos o espacios públicos.

Se exigirá ese certificado, una prueba diagnóstica negativa (no valen los test de autodiagnóstico) realizada con una antelación máxima de 48 horas, el certificado de vacunación con pauta completa o demostrar que se ha pasado la enfermedad entre los 11 y 180 días previos.

Será obligatorio en locales de hostelería y restauración con un aforo mínimo de 30 personas, en establecimientos de ocio nocturno con idéntico aforo o en los que con independencia de ello se permita el consumo de comida, lo mismo que en casas de apuestas y juegos de azar.

También se deberá presentar el certificado covid para asistir a celebraciones, festivales musicales, eventos deportivos y espectáculos públicos a los que asistan más de 500 personas o, en los que se permita comer o beber.

Esta exigencia no será aplicable para el derbi canario entre el Tenerife y Las Palmas, dado que el fútbol y el baloncesto profesional tienen “una regulación específica y singular, sus propias normas”, según el Gobierno de Canarias.

Se deberá presentar el certificado covid para entrar en cines, teatros, auditorios y similares con aforo a partir de 50 personas o donde se permita comer o beber; en gimnasios y equipamientos similares y en centros sanitarios y sociosanitarios para acompañar a pacientes y usuarios, con determinadas excepciones.

Los magistrados Óscar Bosch Benítez (presidente y ponente), María Mercedes Martín Olivera y Lucía Débora Padilla Ramos, han considerado justificadas las medidas limitativas ante el incremento “alarmante” de los contagios en las islas y el incremento de la presión sobre el sistema sanitario

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