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Nuevo paso hacia la conciliación: reconocen la excedencia a una trabajadora del HUC por acogimiento temporal

Se trata de la primera sentencia de este tipo en el Archipiélago que, a partir de ahora, "podrá ser utilizada por el personal del hospital para defender sus derechos"
Nuevo paso hacia la conciliación: reconocen la excedencia a una trabajadora del HUC por acogimiento temporal
Reconocen la excedencia a una trabajadora del HUC por acogimiento temporal. | Fran Pallero

Nuria Ramos lleva más de 20 años ejerciendo como auxiliar de enfermería en el Hospital Universitario de Canarias (HUC). Es personal laboral, por lo que no barajó contratiempos a la hora de solicitar una excedencia por cuidado de un menor, ya que, grosso modo, cumplía los requisitos. Sin embargo, su sorpresa llegó cuando la dirección del centro hospitalario rechazó la petición, alegando que el Estatuto de los Trabajadores recogía que la acogida tenía que ser permanente y no temporal, como era el caso de la trabajadora del HUC. El menor de edad se encontraba en situación de acogimiento especializado en familia ajena -la de Nuria- de forma temporal, que puede llegar hasta los dos años como medida de protección.

Los hechos se remontan a junio de 2021, cuando la tinerfeña disfrutó de las 16 semanas de baja por maternidad. A su vuelta y ante la negativa del hospital, la empleada dispuso de los días de asuntos propios porque con turnos de 12 horas “era inviable conciliar”. A partir de diciembre, denunció su circunstancia en los juzgados y comenzó con un permiso sin sueldo que duró hasta febrero de este año. El argumento del HUC era claro: el convenio colectivo del Consorcio Sanitario de Tenerife, que no puntualizaba el tipo de acogimiento, estaba obsoleto y el Estatuto de Trabajadores amparaba su decisión. Incluso, llegaron a insinuarle que otro de los motivos que justificaba la negación a la excedencia era que “el origen del menor no era familiar, sino de acogida”.

Desde entonces, la auxiliar ha desempeñado su labor con reducción de jornada, haciendo auténticos malabares entre su vida laboral y familiar. Un sinvivir que afortunadamente duró hasta la semana pasada, cuando Nuria se hizo eco de la sentencia favorable que no solo reconocía su derecho a una excedencia por acogimiento temporal, sino a la devolución de los días de asuntos propios extinguidos, así como el salario perdido. El quid de la cuestión radicó en que la Ley considera vigente el convenio colectivo, a pesar de no haber sido negociado desde 2011, y este solo puede mejorar lo establecido en el estatuto, que debe ser siempre a favor del trabajador debido al desfase de las normativas.

Reconocen la excedencia a una trabajadora del HUC por acogimiento temporal. | Fran Pallero
Reconocen la excedencia a una trabajadora del HUC por acogimiento temporal. | Fran Pallero

A este respecto, el Gobierno de Canarias impulsa una iniciativa que busca que aquellos menores que se encuentran bajo la protección de la Comunidad Autónoma y no puedan permanecer temporalmente con sus padres biológicos, sean acogidos por una familia ajena. En concreto, el programa de acogimiento familiar especializado ofrece a los niños y niñas del Archipiélago que presentan necesidades especiales y que se encuentran en situación de desprotección la oportunidad de convivir con personas o familias que estén preparadas para desarrollar ese tipo de acogimiento, garantizándose su desarrollo integral mientras se resuelve su problemática familiar o su encuentro con alternativas más estables o permanentes cuando no sea viable la reunificación con la familia. Un cometido que desde hace poco más de un año llevo a cabo Nuria por su condición de personal sanitario.

Ahora, la madre de acogida celebra la resolución del juez que le permitirá atender debidamente a la menor y, a su vez, anima al resto de compañeros en su misma condición a presentar demandas: “Se ha normalizado esta situación entre el personal del HUC, que renuncia a sus derechos y busca alternativas para cuidar a los niños, e incluso termina dejando su puesto de trabajo”. Asimismo, admite ciertas carencias en los sindicatos que “dan orientación, pero no resuelven los problemas”. Nuria entiende que acudir a los juzgados puede generar miedo e incertidumbre de cara a su ocupación en el hospital, pero “ante una normativa obsoleta es necesario tomar cartas en el asunto”.

Primera sentencia en Canarias

Nuevo paso hacia la conciliación: reconocen la excedencia a una trabajadora del HUC por acogimiento temporal

Álex Herrera, el abogado laboralista que llevó el caso de la auxiliar de enfermería del HUC, ha explicado a DIARIO DE AVISOS que se trata de la primera resolución judicial de este tipo en Canarias: “A partir de ahora, contamos con una sentencia firme que causa precedente” y, por ende, “podrá ser utilizada por el personal del hospital tinerfeño para defender sus derechos en materia de conciliación”. Además, alaba la decisión del juez de otorgar como petición complementaria la devolución de los 60 días de asuntos propios solicitados por Nuria para cuidar del menor en acogimiento temporal.

El letrado tinerfeño ya ha denunciado públicamente el acoso laboral que sufren numerosas madres en el Archipiélago por el mero hecho de querer criar a sus hijos, enfrentándose incluso a despidos: “La discriminación suele verse reflejada en una pérdida de responsabilidades, dificultades a la hora de promocionar e incluso auténticas campañas de desprestigio profesional”.

Herrera, que lucha por que la vida familiar de sus clientas sea reconocida en sus puestos de trabajo, asegura que “esta es una batalla más que se ha ganado en defensa de la conciliación”. “Estamos muy contentos con el resultado y parece que hay otras trabajadoras del HUC que se encuentran en la misma situación que Nuria, por lo que, a partir de ahora, tendrán el camino más fácil”, concluye.

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