El Congreso de los Diputados rechazó este miércoles el decreto ómnibus que contemplaba medidas como el incremento de las pensiones. Y es que durante el período comprendido entre noviembre de 2023 y noviembre de 2024, se confirmó un aumento del 2,8% en el Índice de Precios al Consumidor (IPC), lo que implicaba una revalorización de las pensiones que comenzaría a aplicarse a partir del 1 de enero del mismo año.
¿Qué ocurrirá ahora? El funcionario de la Seguridad Social, Alfonso Muñoz, resuelve en un vídeo algunas dudas de los pensionistas tras la derogación del decreto que contenía esta medida.
En primer lugar, Muñoz comenta que, aunque las pensiones suben de acuerdo con el IPC, el porcentaje específico anual debe ser establecido en una ley: “Habitualmente se hacía en los Presupuestos Generales del Estado, pero aquellos años en los que no salen se pueden concretar en una ley expresa o también en una ley ómnibus, que son un paquete de medidas que van en una ley solamente y que se votan en una sola votación”.
El funcionario de la Seguridad Social destaca que “esa ley ómnibus viene de un Real Decreto-ley que aprobó el Gobierno en el Consejo de Ministros. Aunque el decreto ómnibus no se haya aprobado ha estado en vigor hasta el jueves 23 y la nómina de enero ya se ha emitido”.
No obstante, matiza que “la revalorización de las pensiones debe suspenderse hasta que otra norma lo ampare”, por lo que “la nómina de febrero, si no se modifica, irá sin subida”.
Así, el experto señala que una de las opciones para mantener la subida es un Real Decreto “amparado expresamente en la Ley General de la Seguridad Social donde no sería necesario la convalidación en el Congreso de los Diputados”.
Otra sería un Real Decreto-ley “en el que se redacte expresamente esta cuestión, este detalle solo de la subida de las pensiones, en función de un 2,8, un 6 o un 9%”.





