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Los patinetes de Santa Cruz se adelantan a la exigencia de la DGT del seguro obligatorio

El Ayuntamiento capitalino puso como requisito en 2024 que la empresa adjudicataria de los 646 VMP de alquiler estuvieran asegurados. Este año, la nueva ley de Tráfico lo hace obligatorio
Los patinetes de Santa Cruz se adelantan a la exigencia de la DGT del seguro obligatorio

Los patinetes eléctricos se han convertido en un elemento habitual de la movilidad en las ciudades, al facilitar una circulación más sostenible y ecológica. No obstante, estos vehículos de movilidad personal (VMP) han arrancado el año con un marco normativo más exigente, orientado a mejorar la seguridad vial y la convivencia en el espacio urbano. Las normas refuerzan las limitaciones de circulación y recuerdan que están sujetos a la regulación estatal y a las ordenanzas municipales.


La nueva Ley de Tráfico establece la obligación a los conductores de patinetes de utilizar casco, además de prohibir que lleven auriculares puestos o hagan uso del móvil mientras conducen. Requisitos impulsados desde la Dirección General de Tráfico (DGT) a los que se suma, desde el pasado 2 de enero, la exigencia de estar asegurados y matriculados para circular.


Un cumplimento legal al que se adelantó en 2024 el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, cuando exigió a la empresa adjudicataria del servicio de alquiler de patinetes, Dott, disponer de una póliza de seguro para cada uno de los 646 patinetes que operan en la capital, los cuales siguen siendo gratuitos para los residentes.


La concejala de Movilidad, Evelyn Alonso, ha explicado a DIARIO DE AVISOS que “desde el minuto uno en que se realizó la concesión de este servicio en la ciudad, pedimos como requisito a la empresa que todos los patinetes estuvieran asegurados. Por ello, el Ayuntamiento se ha adelantado a la exigencia de la DGT, tanto en el seguro como en la identificación de cada vehículo eléctrico ante un posible caso de accidente con el objetivo claro de presentar la correspondiente denuncia”.


Alonso ha recordado que “hasta ahora las patinetas privadas no estaban identificadas, por lo que Tráfico ha ido con mucho retraso a la hora de regular la circulación de estos vehículos de movilidad personal, pues operan desde el año 2020 en las ciudades y han tenido que pasar seis años para que se les exija un seguro”.

Registro


A juicio de la edil a partir de ahora será más fácil controlar cuántos patinetes eléctricos conviven con el tráfico habitual en la capital, ya que los usuarios deberán registrarlos oficialmente para circular por las vías públicas”.


A pesar de que el seguro obligatorio para los VMP, entre ellos los patinetes, tenía que haber entrado en vigor hace dos días, la DGT ha confirmado que se pospone esta fecha que establecía la ley, al no estar aún regulado y operativo el registro en el que deben estar inscritos. Es decir, será obligatorio a lo largo del año, pero en la práctica no se puede sancionar todavía a la mayoría de usuarios.


Por ello, mientras se tramita por la vía de urgencia la regulación del registro, no será aplicable la obligación previa al aseguramiento de estos vehículos. Aún así habrá especificidades, pues en el caso de los VMP de más de 25 kilos, y que puedan alcanzar una velocidad de más de 14 kilómetros por hora, sí deberán estar asegurados sin necesidad de inscripción en el registro de VMP, teniendo de plazo hasta el 26 de enero.


La ley que creó el seguro obligatorio para los Vehículos de Movilidad Personal se publicó a finales de julio en el BOE, estableciendo el 2 de enero como fecha de entrada en vigor. Además, para entonces el Gobierno central debería poner en marcha un registro público de este tipo de vehículos. El periodo de información pública del proyecto de reglamento del Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil de los VMP, que elabora el Ministerio de Economía, finalizó el 19 de diciembre y el del que modifica el Reglamento General de Vehículos para crear su registro, elaborado por el Ministerio del Interior, el 16 de diciembre.


Para poder contratar el seguro obligatorio de un VMP, el vehículo tiene que estar inscrito en el registro de la Jefatura Central de Tráfico y tener una etiqueta identificativa con el número de inscripción asignado o, en su caso, matrícula.


Por el momento, se desconoce el plazo que habrá para inscribir los VMP, los más conocidos son los patinetes eléctricos de los que puede haber entre medio y un millón en España, según recoge la agencia Efe.

Sanciones


A pesar de no estar en vigor el seguro obligatorio, la ley 5/2025, que modificó la de Responsabilidad Civil y Seguro en la circulación de vehículos a motor, aprobada en julio pasado, establece que el Consorcio de Compensación de Seguros es el garante en los accidentes provocados por vehículos sin seguro en los que se produzcan daños personales, aunque no cubre los materiales.


La ley contempla sanciones para aquellos vehículos personales ligeros que circulen sin seguro obligatorio a partir de que este sea exigible, que pueden ir de 200 a 1.000 euros. Aunque el seguro obligatorio y el registro estatal aún no han entrado en vigor de forma generalizada, sí se intensifican los controles policiales y las sanciones por incumplimientos, que pueden alcanzar los 500 euros.


Hasta la nueva normativa asegurar un patinete eléctrico era voluntario y las compañías más importantes tienen desde hace tiempo seguro para estos vehículos, aunque ahora deberán ver si hay que adaptarlos a las disposiciones reglamentarias o crear también específicos con los requerimientos del obligatorio, como el capital mínimo y el tipo de vehículos a asegurar.

Siniestros


Según datos de la Fundación Mapfre, en 2024 hubo 396 siniestros en que se vieron implicados Vehículos de Movilidad Personal (VMP), un 23% más que en 2023, con 240 heridos y 14 fallecidos (13 usuarios de VMP y un motociclista que murió en un siniestro con un VMP implicado).


El seguro obligatorio garantizará la cobertura de responsabilidad civil en los siniestros provocados por VMP, con importes en la indemnización por daños a las personas de 6,45 millones por siniestro cualquiera que sea el número de víctimas causadas; mientras que para los daños en bienes es de 1,3 millones por siniestro, según la ley.


El seguro obligatorio no cubre la explosión o combustión espontánea de un vehículo cuando se guarda o transporta como objeto o mercancía, o se deja estacionado en un inmueble fuera de un lugar destinado a aparcamiento.


La DGT también recuerda que los patinetes eléctricos tienen prohibido circular por aceras, zonas peatonales, travesías, vías interurbanas y túneles urbanos, y deben hacerlo exclusivamente por calzadas autorizadas o carriles habilitados. La velocidad máxima permitida es de 25 kilómetros por hora.

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