El Tribunal de Instancia nº 2 de la sección de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife ha anulado el nombramiento de Juan Ramón Lazcano como director general de Transformación Urbana Santa Cruz Verde 2030, un cargo de confianza al que accedió en agosto de 2024, tras concurrir a un procedimiento de libre designación convocado por el Ayuntamiento capitalino y al que se presentaron nueve candidatos.
Dicha elección no estuvo exenta de polémica en su día, al tratarse del exconcejal de Ciudadanos cuya marcha del Consistorio, en 2020, facilitó la moción de censura contra la exalcaldesa Patricia Hernández y el regreso a la Alcaldía de José Manuel Bermúdez. Una circunstancia por la cual el PSOE siempre ha sostenido que tal plaza fue creada expresamente para Lazcano como agradecimiento por parte de CC y PP.
La sentencia, a la que ha tenido acceso DIARIO DE AVISOS, no solo invalida la decisión defendida por el Ayuntamiento para adjudicar el puesto directivo a Lazcano, sino que reconoce explícitamente el derecho del otro candidato mejor valorado en el concurso de méritos, el arquitecto Joaquín Mañoso, a ocupar este cargo de forma inmediata.
La resolución que firma magistrado Roi López Encinas estima de manera íntegra el recurso presentado por Mañoso contra el acuerdo de la Junta de Gobierno local de julio de 2024, al considerar que el Consistorio incurrió en una “falta de justificación legal” al otorgar la plaza mediante el sistema de libre designación sin argumentar de forma sólida, sino “con expresiones vagas”, la preferencia por uno de los candidatos.
En este sentido, el fallo recoge los dos supuestos esgrimidos por el Ayuntamiento para declinar a Mañoso, por una parte “un conflicto de intereses, donde la propia Administración reconoce su inexistencia como tal, al considerarlo como un dato reprobable”; y por otro, “la edad, dado que no tiene aval jurídico para el fin previsto al constatarse la solvencia profesional y la capacidad de gestión para el desarrollo de las funciones del puesto, hecho que atenta contra la meritocracia”.
Cuestión de edad
El Ayuntamiento había descartado a Mañoso justificando la duración del cargo más allá de una década, por lo que optó por un perfil más joven para garantizar la estabilidad de las funciones al frente de la transformación urbana 2030, unos argumentos para dejar fuera al recurrente que el juez califica de “genéricos, imprecisos y vagos”.
Aunque en el proceso participaron otros candidatos, Lazcano y Mañoso fueron calificados por el Consistorio como los perfiles más idóneos debido a su “dilatada experiencia en arquitectura y planificación territorial“. No obstante, el puesto finalmente recayó en el primero, sin “conocer” las circunstancias personales que desaconsejaban la designación del segundo.
Por ello, el magistrado incide en que la mayor experiencia profesional de Mañoso, reflejada en la baremación, “parece haber sido utilizada en su contra” para justificar el nombramiento de Lazcano, lo que refuerza la tesis de la arbitrariedad en la decisión municipal.
La sentencia, en este punto, pone el acento en el proceso de nombramientos y ceses por libre designación, donde la Administración debe justificar su decisión después de tomarla, lo que permite a los aspirantes ya presentados conocer los méritos del seleccionado a posteriori. Sin embargo, el juez recuerda que, aunque los puestos de directores generales puedan cubrirse por libre designación, “esto no otorga un cheque en blanco a la Administración”.
Por todo lo expuesto, la Justicia ordena el cese de Juan Ramón Lazcano y la designación de Joaquín Mañoso como nuevo director general de Santa Cruz Verde 2030, además de condenar al Ayuntamiento al pago de las costas. Contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), para lo cual el Ayuntamiento dispondrá de quince días de plazo.






