España mantiene desde hace años una posición destacada en el ámbito de la donación y los trasplantes. Durante 2025 se llevaron a cabo más de 6.300 trasplantes de órganos en el país y más de 400 personas decidieron donar en vida, una elección solidaria que también implica consecuencias médicas, personales y laborales.
El proceso no se limita a la operación. Antes de la intervención, el donante debe someterse a consultas, análisis, exploraciones e informes médicos. A ello se suman el ingreso hospitalario y el periodo de recuperación, durante el que puede resultar imposible desempeñar su puesto de trabajo durante varios días o incluso semanas.
Para proteger a quienes se encuentran en esta situación, la Seguridad Social contempla una cobertura específica para los trabajadores que donen órganos o tejidos en vida destinados a un trasplante. Esta protección fue incorporada mediante la Ley 6/2024 y establece una situación especial de incapacidad temporal.
La baja comprende todo el periodo en el que el trabajador necesite asistencia sanitaria y no pueda acudir a su empleo. Incluye tanto las actuaciones médicas previas necesarias para preparar la intervención como la hospitalización y la recuperación posterior, hasta que se produzca el alta médica.
La principal particularidad de esta prestación se encuentra en su cuantía. El trabajador tiene derecho a cobrar el 100% de la base reguladora correspondiente a una incapacidad temporal por contingencias comunes.
El subsidio se percibe, además, desde el primer día de la baja. Tampoco se exige haber cotizado previamente durante un periodo mínimo para poder beneficiarse de esta cobertura.
La normativa incorpora igualmente un permiso retribuido para acudir a las actuaciones preparatorias de la donación cuando estas coincidan con el horario laboral. Entre ellas se encuentran las sesiones informativas, las pruebas clínicas, las exploraciones, los análisis y la elaboración de los informes necesarios para determinar si una persona puede ser donante.
La medida se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 21 de diciembre de 2024 y comenzó a aplicarse el 3 de marzo de 2025. Desde esa fecha, los donantes en vida disponen de una protección laboral específica para evitar que su decisión altruista implique también una pérdida de ingresos.






