Los propietarios de animales de compañía en Los Silos deberán cumplir desde este viernes nuevas obligaciones en materia de bienestar animal. El Ayuntamiento ha aprobado definitivamente su nueva Ordenanza Municipal Reguladora de Bienestar Animal, cuyo texto íntegro se publica este 21 de agosto en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de Santa Cruz de Tenerife. La propia norma establece que entra en vigor una vez publicado su contenido completo.
Entre las medidas que tendrán un efecto más directo en el día a día figura la obligación de limpiar los orines de los animales con líquido biodegradable cuando se produzcan en espacios públicos. La ordenanza establece además que los responsables deberán recoger y retirar inmediatamente los excrementos y limpiar, en la medida de lo posible, la zona afectada.
No hacerlo puede tener consecuencias económicas. La nueva regulación considera infracción leve “no diluir con líquido biodegradable los orines evacuados por el animal en espacios públicos”.
También tiene esta consideración alimentar colonias felinas sin autorización del Ayuntamiento o incumplir determinadas normas de circulación de animales cuando no exista riesgo para otras personas o animales.
Las sanciones establecidas oscilan entre 60 y 200 euros para las infracciones leves, entre 201 y 1.500 euros para las graves y entre 1.501 y 15.000 euros para las muy graves.
Perros y gatos en terrazas y balcones
La ordenanza regula también dónde y en qué condiciones pueden permanecer los animales dentro de una vivienda. Entre otras cuestiones, prohíbe la permanencia continuada de animales en terrazas o patios y establece que, en cualquier caso, deberán pasar la noche en el interior de la vivienda. También queda prohibido mantenerlos permanentemente atados.
Mantener de forma permanente perros o gatos en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios y espacios similares o en vehículos está tipificado como infracción grave.
La norma también prohíbe la permanencia continuada de animales dentro de vehículos. En el caso de los perros que estén atados de manera temporal, el medio de sujeción deberá tener una longitud mínima equivalente a seis veces la longitud total del animal.
Cómo deberán ir los perros por la calle
Los animales podrán acceder a las vías y espacios públicos urbanos siempre que estén acompañados por sus titulares o responsables y se adopten las medidas necesarias para garantizar la seguridad y evitar molestias.
Los perros deberán circular mediante correa o cadena adecuada. En el caso de los considerados potencialmente peligrosos, tendrán que llevar además bozal y una correa de menos de dos metros.
La nueva regulación también prohíbe el acceso de animales de compañía a parques infantiles y zonas de juego para niños debidamente señalizadas, salvo los perros de asistencia. El Ayuntamiento podrá determinar otras zonas restringidas por motivos de seguridad, salud pública o protección de la infancia.
En bares, restaurantes, hoteles y otros establecimientos se podrá permitir la entrada de animales de compañía en las zonas que no estén destinadas a elaborar, almacenar o manipular alimentos. Si el establecimiento decide no admitirlos, deberá indicarlo en el exterior mediante un distintivo.
Colonias de gatos
Otro de los ámbitos regulados son las colonias felinas. El Ayuntamiento será responsable de gestionar los gatos comunitarios y fija como objetivos reducir progresivamente su población, mejorar su salud y calidad de vida y prevenir riesgos para la salud pública.
Las personas que quieran ejercer como cuidadoras de estas colonias deberán solicitar autorización municipal. El Consistorio llevará un registro de las personas autorizadas y les proporcionará una acreditación.
Precisamente, alimentar colonias felinas sin esa autorización está considerado una infracción leve.
Hasta 15.000 euros de multa
Entre las infracciones graves aparecen también el abandono de animales, no cumplir las obligaciones de identificación y registro, mantenerlos en condiciones higiénico-sanitarias inadecuadas, la cría no autorizada o emplear métodos de adiestramiento agresivos o violentos, incluidos los collares eléctricos, de impulsos, de púas o de ahogo.
Las infracciones muy graves incluyen el maltrato que provoque invalidez, secuelas permanentes graves o la muerte del animal, así como emplear animales en peleas, espectáculos o actividades que impliquen crueldad o sufrimiento.
Además de las multas económicas, determinadas infracciones graves o muy graves pueden llevar aparejado el decomiso del animal, la inhabilitación para tener animales durante hasta diez años en los casos más graves o la clausura temporal de establecimientos relacionados con animales.
La ordenanza publicada este viernes culmina su tramitación después de que no se presentaran reclamaciones durante el periodo de exposición pública al acuerdo aprobado inicialmente por el Pleno municipal el pasado 25 de junio.







