El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este miércoles, 7 de octubre, los dos nuevos reales decretos de vivienda aprobados un día antes por el Consejo de Ministros, después de que sus versiones anteriores fueran rechazadas el pasado viernes en el Congreso. Uno comenzará a desplegar sus efectos de forma inmediata, mientras que el relativo a la prórroga automática de los alquileres queda pendiente de su convalidación parlamentaria.
El paquete suma 21 medidas destinadas, según el Ejecutivo, a facilitar el acceso al alquiler y a la compra, ampliar la oferta de vivienda asequible y limitar determinadas operaciones especulativas.
El Gobierno ha recuperado buena parte de las medidas incluidas en los textos anteriores, pero incorpora cambios y nuevas iniciativas, entre ellas el mecanismo Tu Casa, que contempla préstamos públicos de hasta 50.000 euros sin intereses para facilitar la compra de una primera vivienda.
Préstamos de hasta 50.000 euros para comprar la primera vivienda
Una de las principales novedades es Tu Casa, un mecanismo que será gestionado por el Instituto de Crédito Oficial (ICO). El BOE establece que estos préstamos servirán como complemento a la financiación hipotecaria privada y podrán cubrir el menor de estos dos importes: el 20% del valor de la vivienda o un máximo de 50.000 euros. Se concederán a un tipo de interés del 0% y sin comisiones.
Pedro Sánchez anunció que la línea estará dotada inicialmente con 10.000 millones de euros y estará dirigida a personas y familias que pueden asumir una hipoteca, pero que no disponen de suficiente ahorro para afrontar la entrada. No estará limitada exclusivamente a los jóvenes.
El texto publicado en el BOE establece además que las viviendas compradas mediante esta financiación quedarán sujetas de forma permanente a un precio máximo de transmisión. En posteriores ventas, el precio no podrá superar el de adquisición actualizado conforme al IPC, con las excepciones que puedan establecerse para obras de rehabilitación o mejora.
La prórroga automática del alquiler queda pendiente
El segundo real decreto-ley, el 28/2026, modifica el artículo 10 de la Ley de Arrendamientos Urbanos. La norma establece que, una vez transcurridos al menos cinco años de contrato, o siete cuando el propietario sea una persona jurídica, el alquiler podrá prorrogarse tácita y obligatoriamente por nuevos periodos sucesivos de cinco o siete años si ninguna de las partes comunica a tiempo que quiere finalizarlo.
El propietario deberá avisar con al menos seis meses de antelación, mientras que el inquilino deberá hacerlo con un mínimo de dos meses. Sin embargo, esta medida no entra en vigor ahora. El BOE fija para el Real Decreto-ley 28/2026 una fecha de entrada en vigor del 15 de noviembre de 2026.
Sánchez explicó tras el Consejo de Ministros que esta norma está planteada para entrar en vigor una vez haya sido convalidada por la Diputación Permanente del Congreso, que asume determinadas funciones parlamentarias después de la disolución de las Cortes por la convocatoria de elecciones generales del 29 de noviembre.
El PNV ya ha avanzado que volverá a apoyar el primer decreto, pero mantendrá su rechazo al referido a la renovación automática de los alquileres. La semana pasada, este segundo texto fue rechazado por PP, Vox, Junts, PNV, Coalición Canaria y UPN.
Más límites a los fondos y nuevas viviendas para alquiler asequible
El otro decreto amplía además las restricciones sobre determinadas adquisiciones de vivienda por entidades dedicadas a comprar inmuebles o carteras hipotecarias a precios muy inferiores al valor de mercado.
La nueva redacción extiende estas limitaciones hasta el 31 de diciembre de 2030 y alcanza también a personas jurídicas consideradas grandes tenedores en los supuestos establecidos en el texto. El Gobierno incorpora asimismo un fondo de impacto social de 400 millones de euros destinado a proveedores de vivienda asequible y mantiene otros 280 millones en avales para impulsar la construcción industrializada.
También se prevé que viviendas pertenecientes a la Tesorería General de la Seguridad Social sean incorporadas a Casa 47, la entidad estatal de vivienda, para destinarlas al alquiler asequible. Los textos recuperan además medidas sobre alquileres temporales y por habitaciones, protección frente a determinados desahucios, fiscalidad de propietarios e inquilinos y obligaciones de información en los anuncios de alquiler.






