santa cruz

El TSJC anula la Ordenanza de Movilidad de Santa Cruz de Tenerife

El fallo da la razón a la Asociación de Vecinos El Perenquén, formada por residentes en el centro histórico chicharrero, al declarar que esta normativa se aprobó con un "vicio de nulidad absoluta" y además condena en costas al Ayuntamiento
Terrazas en la calle San José. EP
Terrazas en la calle San José. EP
Terrazas en la calle San José. EP

La Sección Segunda de la Sala Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha emitido una sentencia en la que anula la Ordenanza Municipal de Circulación y Movilidad de la capital tinerfeña.

El fallo da la razón a la Asociación de Vecinos El Perenquén, formada por residentes en el centro histórico chicharrero, al declarar que esta normativa se aprobó con un “vicio de nulidad absoluta” y además condena en costas al Ayuntamiento

La Ordenanza se aprobó al final del mandato pasado, cuando gobernaban CC y PP, y fue criticada por este colectivo por considerarla perjudicial para los habitantes del centro de la ciudad, al punto de que presentaron alegaciones y advirtieron de que llevarían el asunto a los tribunales si continuaba su tramitación.

Entró en vigor a finales de junio de 2019, ya con el gobierno PSOE-Cs, que tampoco atendió a las peticiones de El Perenquén para frenar su aplicación y rehacer el documento. De nuevo con un gobierno CC-PP, la Asociación espera que este equipo gobernante reconsidere el texto para evitar el “atropello” de las medidas que contenía la normativa y las “irregularidades” del procedimiento.

En este sentido, la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo detecta la ausencia de dictamen de la Comisión Informativa correspondiente, una omisión sobre la que no se pronunció el Ayuntamiento en su defensa jurídica pese a que para el TSJC resulta evidente que tal informe no consta en el expediente administrativo.

La sentencia concluye que “la norma, por lo tanto, se encuentra incursa en vicio de nulidad absoluta”, por infringir los artículos 82,123 y 126 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales (ROF), en relación con los artículos 20.1.c) de la Ley reguladora de las Bases del Régimen Local y el 41 de la ley de municipios de Canarias.

Dicha nulidad absoluta obedece a que “afecta a una disposición de carácter general y así resulta del artículo 47.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas”.

El TSJC estima de manera íntegra la pretensión de la Asociación demandante “sin que sea preciso entrar en el análisis de las demás alegaciones contenidas” en la demanda, como especifica la sentencia.

El Perenquén ha mostrado su satisfacción con este “varapalo” judicial al Ayuntamiento y considera que “se abre ahora una oportunidad de que intentar cambiar los artículos más perniciosos”.

En concreto, estos vecinos vienen denunciando desde que se comenzó a tramitar la Ordenanza la falta de un estudio de movilidad que además contenga un plan de evacuación del centro de la ciudad, a partir del cual se establezcan las medidas necesarias en la Ordenanza, y no al revés, como se ha hecho. En esta línea, reclaman que se cumpla la Ley de Accesibilidad.

También solicitan los aparcamientos (al menos tres áreas para este fin) a los que tienen derecho los residentes en el centro histórico y revisar el sistema de acceso a vecinos de esta zona y proveedores, gestionado por una empresa privada, lo cual les ocasiona “graves problemas”.

La Asociación vecinal deja claro que exigirá la ejecución de la sentencia, para dejar sin efecto la Ordenanza, al tiempo que exigirá una revisión del contenido y el procedimiento no solo para ajustarlo a la legalidad, sino para evitar que se siga privatizando y ocupando el espacio público en detrimento de los residentes en el centro histórico.

TE PUEDE INTERESAR