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Canarias amplía el régimen de visitas a residencias de mayores

En el caso de las islas en niveles de alerta 3 y 4, se autorizan hasta dos visitas semanales de duración no superior a una hora en el caso de los residentes vacunados
Vacunación contra el coronavirus en una residencia de las Islas. DA
Vacunación contra el coronavirus en una residencia de las Islas. DA
Vacunación contra el coronavirus en una residencia de las Islas. DA

El Gobierno de Canarias ha flexibilizado el régimen de visitas a familiares ingresados en residencias de mayores y personas con discapacidad, una vez concluido el proceso de vacunación de sus usuarios y trabajadores, según una orden de las consejerías de Sanidad y de Políticas Sociales publicada este sábado en el Boletín Oficial de Canarias.

En las islas con nivel de alerta 1 y 2, si el residente ha completado su vacunación, tiene derecho a recibir hasta tres visitas semanales de duración no superior a una hora, con cita previa, ampliables según las características de cada centro, por parte de hasta dos personas simultáneamente, dentro de un grupo máximo de diez visitantes diferentes por residente.

En el caso de las islas en niveles de alerta 3 y 4, se autorizan hasta dos visitas semanales de duración no superior a una hora en el caso de los residentes vacunados.

Además, en los niveles de alerta 1 y 2, en el caso de personas vacunadas, “se permitirán salidas y pernoctas sin limitación temporal salvo las recogidas por la propia organización del centro”, así como “las salidas que formen parte de las actividades de rehabilitación psicosocial y de autonomía personal”.

Si el nivel de alerta es 3 y 4, “se permitirán salidas solo a espacios exteriores, por tiempo ilimitado en un nivel 3 de alerta, evitándose en el nivel 4, salvo los paseos terapéuticos”.

Los residentes no vacunados podrán tener al menos una visita semanal de una hora en todos los niveles, pero solo de una persona y en zonas específicas diferenciadas de los vacunados.

En caso de mayores residentes no vacunados y en nivel de alerta 1 se permitirán salidas por tiempo limitado, se permiten las salidas que formen parte de las actividades de rehabilitación psicosocial y de autonomía personal y se permiten las salidas diurnas a domicilio familiar.

En nivel de alerta 2 para residentes no vacunados se permiten salidas solo a espacios exteriores, por tiempo limitado, se permiten las salidas que formen parte de las actividades de rehabilitación psicosocial y de autonomía personal, con tiempo limitado acorde al tipo de actividad, y se desaconsejan las salidas a domicilio familiar

Para los no vacunados en residencias en niveles de alerta 3 o 4 se evitarán las salidas salvo los paseos terapéuticos y se evitarán las salidas a domicilio familiar.

La orden establece que de forma general no se realizarán pruebas diagnósticas a la salida y reingreso de residentes vacunados, mientras que en el caso de los no vacunados se decidirá en función del perfil de la salida y la situación epidemiológica de la isla.

Para los nuevos ingresos, se garantizará la vacunación con la anterioridad suficiente.

En el caso de las viviendas tuteladas y hogares funcionales, quedarán sujetas a la normativa vigente en cada momento para la población general.

Los centros y demás establecimientos residenciales deberán adaptar sus protocolos de protección a los criterios y nuevas medidas establecidas en la orden del Gobierno en el plazo de diez días.

Estas nuevas medidas “están supeditadas a los cambios epidemiológicos que puedan producirse, de forma que un incremento de casos o de patrones de transmisión obligaría a su modificación o adaptación con el objeto prioritario de garantizar la salud de la población”.

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