La promotora del proyecto turístico Cuna del Alma ha presentado alegaciones contra la resolución de la Consejería de Transición Ecológica de paralizar las obras por la aparición de la viborina triste, pues considera la decisión del Gobierno de Canarias “manifiestamente desproporcionada”.
Asimismo, ante la orden de suspensión definitiva de las obras emitida ayer viernes por la Dirección General de Patrimonio Cultural del Gobierno de Canarias, la promotora afirma que no ha recibido la notificación oficial y que, una vez sea oficialmente informada, se analizará por parte de los servicios jurídicos a fin de realizar las alegaciones oportunas.
Al mismo tiempo, la promotora indica en un comunicado que estudiará las posibles acciones judiciales a emprender en defensa de los derechos adquiridos durante estos años “y que se están viendo vulnerados de forma sistemática”.
Justamente ayer viernes la promotora del proyecto turístico Cuna del Alma presentó las alegaciones correspondientes a la resolución de la Dirección General de Lucha contra el Cambio Climático sobre la paralización cautelar de todas las obras en el ámbito del Puertito de Adeje debido a la aparición de la especie denominada viborina triste en el terreno.
Estas alegaciones indican que la decisión del Gobierno de Canarias “es manifiestamente desproporcionada en relación al riesgo ambiental que, supuestamente, pretende prevenirse, y carece del más mínimo criterio de ponderación y proporción”.
La promotora alega que la paralización del 100% de la obra de urbanización es desproporcionada, ya que los ejemplares hallados solo afectan al 10% de dichas obras.
Además, argumenta que el número de plantas halladas presenta escasa relevancia en relación al número de ejemplares existentes.
Por todo ello, la promotora alega “la incoherencia” entre la paralización decretada y las actuaciones precedentes en supuestos idénticos, permisivas con la continuación de las obras y la adopción de medidas de corrección no suspensivas, que son alternativas admitidas por los órganos ambientales cualificados y por la propia Dirección General de Lucha contra el Cambio Climático en otras situaciones similares donde se buscaron opciones alternativas.
Al respecto, la promotora asegura que en el proyecto de construcción de la EDAR Montaña Reverón, en Arona, no sólo se permitió la continuación de dichas obras sino que se autorizó el traslado de las semillas para su germinación y posterior repoblación.
También en el informe de impacto ambiental realizado por la Secretaría de Estado de Medio Ambiente sobre la obra de Saneamiento y depuración del sistema territorial del oeste, en Guía de Isora y Santiago del Teide, se indica que ante la presencia de dicha especie se obliga a su preservación durante las obras, pero sin implicar, por tanto, ni la suspensión ni que sea desfavorable la aprobación del proyecto.
También en la evaluación de impacto ambiental de la modificación puntual del PGO de Guía de Isora se contempla la presencia de viborina triste y se acuerda la colecta de semillas y su posterior restitución, arguye la promotora de Cuna del Alma.
Añade también que en la declaración de impacto ecológico, aprobada por la Cotmac para el proyecto de construcción una variante en el tramo de la carretera Santiago del Teide-Guía de Isora-Adeje, contempla que deberán adoptarse medidas correctoras, a nivel de recomendaciones, ante la presencia de la viborina triste, pero en ningún caso se impone la suspensión de las obras.
Las obras de urbanización del proyecto Cuna del Alma son obras públicas de titularidad municipal, al igual que estos ejemplos citados que también son públicos, asegura la promotora.
Al respecto, la promotora indica en sus alegaciones la existencia de alternativas idóneas para la conservación de la especie sin tener que suspender las obras como, por ejemplo, la translocación de semillas.
También se considera que la supuesta necesidad de “inventariar” los ejemplares de viborina existentes en un ámbito “no es excusa ni fundamento” para la paralización de las obras hasta tanto se efectúe dicho inventario.
En las alegaciones también se indica la gravedad de los perjuicios que derivan de la actuación de la Dirección General de Lucha contra el Cambio Climático que afectan al municipio y a la isla, tales como la paralización de las obras hidráulicas y viarias que estaban previstas, los perjuicios económicos derivados de esta paralización y el riesgo de pérdida de la seguridad jurídica inversora.