violencia de género

Condenado a 22 años de cárcel por matar a su mujer en Tenerife

Deberá pagar 100.000 euros a cada una de sus dos hijas
Piden 12 años de cárcel por abusar de forma repetida de su sobrino

El hombre condenado por una tribunal popular por asesinar a su esposa en la localidad tinerfeña de Los Cristianos deberá cumplir 22 años de cárcel y pagar 100.000 euros a cada una de sus dos hijas, además de permanecer 10 años en libertad vigilada.

El juez al la hora de imponer la pena ha tenido en cuenta el agravante de parentesco, alevosía y de violencia de género, tal y como concluyó el Jurado, según la sentencia conocida hoy.

Tanto la Fiscalía como la representación del Instituto Canario de Igualdad y la acusación particular representada por el abogado, Francisco Javier Piñón Candan pedían exactamente esa pena, aunque el letrado elevó la responsabilidad civil hasta los 113.000 euros, mientras que la defensa la limitó a los 32.000 euros para cada una de las hijas.

Ángel S. M. permanece en prisión preventiva desde que el 11 de mayo de 2022 acabara con la vida de su mujer, Clotilde R. E. en un apartamento que tenía alquilado en el sur de Tenerife.

Para ello utilizó primero unas tijeras metálicas de punta redonda con una hoja de 8,5 centímetros cuando la mujer estaba acostada en un sillón y a continuación fue a la cocina y cogió un cuchillo de 31 centímetros con el que persiguió a la víctima hasta el patio donde ella intentó sin suerte cerrar la puerta mientras daba gritos de auxilio.

Finalmente, Ángel S. le asestó varias puñaladas a su esposa en el abdomen y en el costado izquierdo provocando que se desplomara al suelo, consecuencia de lo cual el cadáver presentaba nueve lesiones incisas, una de ellas en la propia cara y otras mortales.

El matrimonio era natural de Vigo, pasaba largas temporadas en Tenerife y llevaban 56 años casados durante los cuales fueron constantes las llamadas a la policía a causa de los malos tratos de los que fue objeto su mujer, a la que vejaba, despreciaba y humillaba.

El Jurado tomó su decisión el día 12 de mayo después de que a lo largo de esa semana escuchara testimonios como el de una vecina que vio como la mujer se refugiaba en el patio y escuchó sus gritos de auxilio.

Todos los policías que testificaron coincidieron en relatar que tras echar abajo la puerta, vieron unas tijeras, sangre en el sofá y a lo largo de un rastro que seguía hasta el patio donde encontraron a la mujer fallecida boca abajo y al hombre boca arriba , con un cuchillo cerca de su mano y heridas leves en el brazo.

Una vez trasladado al centro hospitalario el condenado les relató que primero había clavado las tijeras en el cuello a su esposa y como no murió entonces la acuchilló, todo ello debido a pensar que tenía cáncer en el oído y no quería morir solo sino con su mujer.

Una versión de los hechos que el Jurado califica de “absurda” en cuanto no se puede sostener que fuera a la cocina a defenderse del ataque de su esposa, quien en realidad lo que intentó fue huir.

Esta sucesión de acontecimientos llevó al Tribunal Popular a concluir con que existió un agravante de alevosía en cuanto que la mujer fue agredida cuando estaba acostada de forma sorpresiva, el hombre tenía una fuerza muy superior a ella y la víctima presentaba signos de haberse defendido.

TE PUEDE INTERESAR