Si la situación política ya era complicada en Tacoronte desde ayer se ha dificultado aun más tras la decisión de la Junta Electoral de Zona de La Laguna de considerar válidos 283 votos de Vox que inicialmente fueron nulos porque hubo un error material en la proclamación de la candidatura, “siendo clara e inequívoca la voluntad de los electores del municipio”. Así lo confirma la decisión de la Junta Electoral, tras el escrito de reclamación presentado por la formación que dirige Santiago Abascal debido a la inclusión de un candidato suplente que había sido anulado en la papeleta definitiva, pero que sí aparecía en las enviadas a los domicilios.
La aceptación de estos votos perjudica a Coalición Canaria (CC) que contaría con un representante menos al ser la última formación política con un edil asignado según la ley d’Hont al superar el 5% del total de los votos válidamente emitidos y entrar en el reparto conforme a la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg). De esta manera, ya no habría un empate técnico con el PSOE, sino que este partido sería el que cuenta con el mayor número de concejales, cinco. El empate sí se produciría entre CC y NC, con cuatro cada uno, seguido del PP con tres, Somos Tacoronte con dos, mientras que Sí se puede, Ciudadanos y Vox quedarían con uno cada uno.
En Tacoronte es necesario un pacto de gobierno entre tres fuerzas políticas como mínimo para gobernar con mayoría y conseguirlo se está tornando difícil. Si no hay cambios hasta el 17 de junio, fecha en la que toman posesión las nuevas corporaciones locales, el Pleno quedaría conformado por ocho partidos y ello dificulta llegar a acuerdos.
En su resolución, la Junta indica “que a la hora de determinar la validez de las papeletas se ha de distinguir entre las modificaciones irrelevantes y aquellas otras que permitan dudar de la efectiva voluntad del elector, cuya indudable buena fe se ha de proteger, así como que el contenido de las mismas tiene como finalidad que los candidatos sean perfectamente identificados, lo que implica que cualquier defecto que no obstaculice tal identificación ha de reputarse intrascendente”.
En el caso de Vox en Tacoronte, la Junta Electoral acordó por mayoría, a excepción del voto en contra del vocal no judicial de CC, “que no existe problema alguno de admitir como válidas la totalidad de las papeletas, aunque contengan un candidato/a suplente anulado/a, pues el elector tiene conocimiento de todos los candidatos que se presentan sin exclusión alguna, por lo que el voto sería y fue expresión de su voluntad y válido por tanto”.
Una decisión que no comparte, según la misma resolución, el vocal no judicial de CC que sí entiende que “la inclusión de la papeleta con un suplente anulado constituye una alteración de la voluntad de voto”.
Los nacionalistas presentaron una reclamación ante la Junta Electoral Central -el PP confirma que hará lo mismo- “ya que en las papeletas objeto de la controversia hay una alteración de la candidatura de Vox respecto a la que fue proclamada y publicada”. En este sentido, confirman que “con la incorporación de una candidata no proclamada hay una clara alteración de la lista electoral y ello es contrario al principio de inalterabilidad de las listas electorales”.
CC recuerda que el artículo 48.1 de la Loreg establece que “las candidaturas no pueden ser objeto de modificación una vez presentadas, salvo en el plazo habilitado para la subsanación de irregularidades previsto en el artículo anterior y solo por fallecimiento o renuncia del titular o como consecuencia del propio trámite de subsanación”.