Una de las inversiones más cuantiosas de las últimas décadas en la isla de Tenerife ha sido la destinada al puerto industrial de Granadilla, una instalación que, a pesar de los más de 200 millones de euros que ha costado hasta el momento, aún no cuenta con los servicios necesarios para operar de manera segura e independiente.
Desde que comenzó su operativa hace casi diez años, han sido muy pocos los barcos que han atracado en Granadilla. Es de sobra conocido que, muchos días, el fuerte viento supone una característica muy problemática en la zona donde se ubica en el sur de Tenerife. Esta instalación está permanentemente azotada por un viento proveniente del noroeste en su mayoría, que arrecia con fuerza la mayoría de jornadas de cada mes.
Con estas inclemencias, la entrada de los buques a un puerto debe contar con los servicios prioritarios que garanticen su atraque con total seguridad, así como la asistencia necesaria a todas las embarcaciones, en caso de que las condiciones meteorológicas pongan en peligro a los barcos que se encuentran dentro de la protección del puerto en ese momento, así como a los que empiezan su aproximación y acceso.
Resulta incomprensible que, con más de un lustro de operaciones muy cuestionadas, la ausencia de un servicio de remolque residente en el puerto de Granadilla ponga en peligro a diario las operativas que allí se ejecutan, así como la seguridad de los barcos que atracan en este muelle, en caso de que se agraven las condiciones del tiempo.
Hasta ahora, se ha ido parcheando la situación de la manera más sencilla posible: las embarcaciones que allí operan costean el traslado de los remolcadores cuando se les ha exigido la presencia de estos apoyos para atracar en la instalación. Pero este detalle no completa el episodio surrealista que se registra con asiduidad en este millonario puerto del sur de la Isla. Los buques que requieren de estas embarcaciones de asistencia y auxilio para entrar o salir de Granadilla tienen que esperar a que los remolcadores que se precisan en estas complejas operaciones no se necesiten en el puerto de Santa Cruz de Tenerife para otras operativas, lo que origina que la mayoría de las veces los buques tengan que esperar varios días hasta poder disponer de lanchones libres que les presten sus servicios.
A este sinsentido hay que añadir que el traslado de un remolcador a Granadilla deja sin servicio en el puerto de Santa Cruz un mínimo de ocho horas a la unidad que se desplaza para realizar los servicios contratados, un total de 70 kilómetros de ida y otros tantos de regreso a la capital. En la mayoría de los casos, esto supone unas 14 horas efectivas, en las que el principal puerto de la provincia no dispone en su oferta de los remolcadores que se trasladan al sur.
A pesar de que la propia Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife y el Cabildo de la Isla han proclamado durante décadas las bondades del puerto de Granadilla, resulta incongruente que esta infraestructura opere a estas alturas bajo mínimos, y lo que aún es peor, el gravoso coste económico y de tiempo que supone para las embarcaciones que demandan sus servicios cuando se encuentran con problemas como este de los remolcadores.
“TERCERMUNDISTA”
Las consignatarias y armadores consultados por DIARIO DE AVISOS no han reprimido su reacción al calificar estas anomalías en el funcionamiento del puerto de Granadilla como “propias de un país tercermundista”. Según señalan, “incluso en otros puertos africanos competidores de Canarias este tipo de servicios son prioritarios, porque es lo que decide que se demande o no el uso de una infraestructura de estas características”.
Son muchas las causas por las que el puerto de Granadilla no termina de arrancar, pero anomalías tan absurdas como la de no disponer de una simple unidad de remolque permanente en la instalación hacen que esta millonaria inversión se consolide como el gran proyecto interminable de Canarias.
La licencia para la prestación del servicio portuario de remolque lo otorga la Autoridad Portuaria, conforme al Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Puertos del Estado y de la Marina Mercante, así como al Pliego de Prescripciones Particulares para la Prestación del Servicio Portuario de Remolque que apruebe la Autoridad Portuaria provincial.